La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso aprobó acusar e inhabilitar por 10 años a magistrados de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
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“La solución es eliminar a los miembros de la JNJ”, indica el abogado Julio Rodríguez
El abogado Julio Rodríguez, especializado en derecho penal, analizó la decisión de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso de aprobar acusar e inhabilitar por 10 años a magistrados de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
El Congreso dispuso aprobar el informe final del congresista Esdras Medina (Unidad y Diálogo Parlamentario), el cual recomendaba acusar constitucionalmente a seis miembros de la JNJ y a la magistrada Luz Tello de Ñecco.
La denuncia que motiva el informe se refiere al límite de edad para ejercer el cargo de miembro del pleno de la JNJ que, según ese razonamiento, habría trasgredido Luz Tello de Ñecco.
En Ampliación de Noticias, Julio Rodríguez indicó que la solución a esta situación es "eliminar a los miembros de la JNJ". Asimismo, señaló que la norma de la Junta debe ser corregida.
“El gran problema de la junta es su nacimiento. Había en el Consejo Nacional de la Magistratura personas que cometieron actos delictivos, no hay duda de eso. La solución es eliminar a los miembros de la Junta. Y la norma de la Junta tiene que ser corregida para que eso que acabas de mencionar no suceda de nuevo. El periodo del miembro de la Junta es tanto en la medida que no supere la edad límite”, indicó el letrado.
“No pueden interpretar la ley”
En otro momento, Julio Rodríguez indicó que los miembros de la JNJ “no pueden interpretar la ley”. Asimismo, los que votaron a favor de la norma “tendrían que estar sujetos a una sanción”.
“Ellos no pueden interpretar la ley. Se están arrogando facultades que le corresponde solo como legislador negativo al TC y como positivo al Congreso. En el momento en que ellos interpretan la ley, de una manera entre comillas autentica, todos los que votaron a favor han cometido la infracción. Y por lo tanto todos ellos tendrían que estar sujetos a la sanción porque han convalidado un acto que abiertamente contraviene la constitución”, sostuvo.
El abogado penalista dijo que la discusión sobre la norma debía ser técnica y que debió ser discutida cuando se dieron cuenta sobre el límite de edad para ejercer el cargo de miembro del pleno de la JNJ.
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