Sin embargo, órgano electoral del JNE instó al alcalde de Lima a abstenerse de realizar actividades proselitistas mientras ejerce como autoridad.
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 del Jurado Nacional de Elecciones, resolvió archivar el expediente que investigaba al alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, por presuntamente haber vulnerado el principio de neutralidad al estar en marcha el periodo electoral de las Elecciones Generales 2026.
Según el informe de fiscalización, entre junio y julio de 2025 se detectaron 53 elementos proselitistas en distintas zonas de Lima Metropolitana y el Callao como murales, pancartas y paneles con frases como “Presidente 2026”, además del símbolo y color de Renovación Popular, partido que lidera el burgomaestre.
El material, registrado fotográficamente, fue considerado como posible infracción al Reglamento sobre Propaganda Electoral y Neutralidad, que prohíbe a las autoridades en ejercicio, realizar propaganda política.
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En los documentos dirigidos al JEE a modo de descargo, López Aliaga negó haber ordenado o financiado la colocación de cada uno de los elementos cuestionados. Afirmó que desconocía su origen y que no estaban vinculados a su gestión como alcalde, invocando el principio de legalidad, al alegar que no se habían acreditado los requisitos necesarios para configurar una infracción.
Pero la respuesta del burgomaestre llegó desde el Congreso al término de su reunión con el presidente del legislativo, donde al ser consultado por esta decisión, sostuvo:
“Mi trabajo es hacer obras y tengo que entregarlas. Hay una costumbre en nuestro país que no usan la obra hasta que uno no la inaugura. Mañana tenemos [la inauguración de] toda la Vía Expresa Sur y estamos poniéndola al servicio de la población de todo Lima y tengo que ir, pues, entonces el Jurado no puede prohibirme hacer mi trabajo”, señaló.
El colegiado electoral concluyó que no se cumplían las condiciones para atribuir responsabilidad al alcalde, puesto que no se acreditó que la propaganda proviniera de una actividad oficial ni que se hubiera invocado su cargo municipal.
Y aunque se decidió archivar el procedimiento, se instó al alcalde de Lima a abstenerse de realizar actividades proselitistas mientras ejerce como autoridad, recordando que debe renunciar a su cargo seis meses antes de las elecciones si decide postular a la Presidencia de la República en las próximas Elecciones Generales 2026.
El principio de neutralidad obliga a las autoridades a no favorecer ni perjudicar a ningún partido durante los procesos electorales, a fin de garantizar elecciones neutrales.