Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Reflexiones del evangelio
Domingo 13 de julio | "¿Cuál de estos tres te parece que se portó como prójimo del que cayó en manos de los bandidos? Él contestó: El que practicó la misericordia con él. Le dijo Jesús: Anda, y haz tú lo mismo"
EP 1029 • 12:06
Sencillo y al Bolsillo
EP14 | FIESTAS SIN DEUDAS: CELEBRA A MAMÁ CON PRESUPUESTO Y CARIÑO
EP 14 • 05:05
El poder en tus manos
EP201 | INFORMES | Congresistas proponen virtualidad en el Congreso bicameral
EP 201 • 04:35

Gobierno promulgó ley que permite expulsar a extranjeros que no cumplan con identificarse

Cuando los extranjeros carezcan de un medio válido para ser identificados, el personal de la Policía tomará la declaración de identidad de la persona
Cuando los extranjeros carezcan de un medio válido para ser identificados, el personal de la Policía tomará la declaración de identidad de la persona | Fuente: Andina

De acuerdo con la Ley N° 32192, serán "expulsados los extranjeros que (...) incumplan con la obligación de identificarse ante la autoridad competente".

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

Desde el 15 de diciembre, los ciudadanos extranjeros que ingresen a territorio nacional y no cumplan con la obligación de identificarse ante la autoridad correspondiente serán expulsados del país. Ello, de acuerdo con la Ley N° 32192, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

El artículo 58.1 de la presenta norma señala que "son expulsados los extranjeros que estén incursos en los siguientes supuestos: (…) j) Por incumplir con la obligación de identificarse ante la autoridad competente".

Carné de extranjería en Perú: ¿cómo tramitarlo vía Migraciones y en qué puntos recogerlo?

Asimismo, se precisa que, cuando los ciudadanos extranjeros carezcan de un medio válido para ser identificados, el personal de la Policía Nacional tomará la declaración de identidad de la persona, se consignará en un acta y se tomará la información biométrica. Esta declaración de identidad tendrá carácter constitutivo.

Posteriormente, la Superintendencia Nacional de Migraciones deberá incorporar la información biométrica de los ciudadanos extranjeros  en el Registro de Información Migratoria (RIM).

Te recomendamos

Certificado de movimiento migratorio

Por otro lado, la norma indica que el certificado de movimiento migratorio se encontrará consignada la información de ingresos y salidas de los ciudadanos extranjeros a territorio nacional.

"El certificado de movimiento migratorio es el documento en el que está consignada la información de los ingresos y de las salidas del territorio nacional de peruanos y de extranjeros registrados en Migraciones. Este certificado es expedido por la autoridad migratoria, es de carácter público y puede ser solicitado por cualquier persona mayor de edad que posea documento de identidad", se puede leer en el documento.

Te recomendamos

Informes RPP

¿Qué más se requiere para resolver los problemas de inseguridad?

La inseguridad ciudadana se consolidó como una de las principales preocupaciones de los peruanos durante el 2024, marcada por el aumento de delitos como el sicariato y, especialmente, la extorsión. Esto llevó a los ciudadanos y a diversas organizaciones a movilizarse por las calles para exigir seguridad. Pero, ¿qué medidas aún faltan implementar para combatir este problema de manera más efectiva? En este informe, expertos y autoridades analizan el panorama y hacen propuestas.

Informes RPP
00:00 · 00:00

Video recomendado

Tags

Más sobre Estado

Lo más leído

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA