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Desde el 2 de julio, ciudadanos venezolanos deberán presentar visa y pasaporte para ingresar al Perú

La Resolución N° 000121-2024-MIGRACIONES dispone la presentación de diversos documentos a los ciudadanos venezolanos para el control migratorio de ingreso al territorio nacional.
La Resolución N° 000121-2024-MIGRACIONES dispone la presentación de diversos documentos a los ciudadanos venezolanos para el control migratorio de ingreso al territorio nacional. | Fuente: Migraciones

Una resolución de Migraciones dispone que, para efectos del control migratorio de ingreso al Perú, los ciudadanos venezolanos deberán presentar el pasaporte ordinario vigente de su país y la visa correspondiente, otorgada por una oficina consular peruana.

Desde el 2 de julio, los ciudadanos de Venezuela que quieran ingresar a territorio nacional deberán contar con un pasaporte ordinario vigente y visa peruana, según establece una disposición de la Superintendencia Nacional de Migraciones. Te contamos a más detalle la normativa y algunos alcances extras. 

La Resolución N° 000121-2024-MIGRACIONES, publicada este jueves en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, dispone la presentación de diversos documentos a los ciudadanos venezolanos para el control migratorio de ingreso al territorio nacional.

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¿Qué dice la norma que exige visa para venezolanos que ingresen a Perú?

La norma, que deja sin efecto la Resolución Nº 000177-2019-MIGRACIONES de 12 de junio del 2019, establece que para la calidad migratoria temporal y calidad migratoria residente se requiere pasaporte ordinario venezolano vigente y visa correspondiente, otorgada para una oficina consular peruana.

Solo para la calidad migratoria residente, se necesita un pasaporte ordinario venezolano vigente y visa humanitaria vigente, otorgada por una Oficina Consular Peruana.

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Además, la resolución establece que se admitirá por única vez la presentación de solicitudes de cambio de calidad migratoria a los venezolanos que cuenten con pasaportes vencidos, siempre que su último ingreso al país se hubiese efectuado antes del 2 de julio de 2024, y permanezcan en territorio nacional, debiendo cumplir con los demás requisitos y condiciones inherentes a cada procedimiento.

Asimismo, se dispone que las Direcciones de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, y de Registro y Control Migratorio, cuando corresponda y en el ámbito de sus competencias, emitan las disposiciones complementarias a lo dispuesto en la presente resolución.

"La presente resolución entrará en vigencia a los cinco días calendario siguientes de su publicación en el diario oficial El Peruano". precisó la norma.

¿Qué pasará con los ciudadanos venezolanos que no tengan visa y ya estén en Perú?

Cabe señalar que la citada resolución no especifica detalles sobre ello. No obstante, el Decreto Legislativo N° 1582 deja en claro la salida de todo extranjero que haya sobrepasado el tiempo límite de permanencia y que no haya regularizado los papeles para su estadía. Además, también se expulsará a aquellos ciudadanos que intenten entregar a las autoridades documentos falsificados con el fin de tener luz verde a su situación migratoria. 

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