Juan Carlos Portugal, abogado de la mandataria, alegó que la decisión de su patrocinada responde a que la Fiscalía amplió, "fuera de plazo", la investigación por el caso Cofre. "No podemos convalidar una citación con un plazo vencido", indicó.
Judiciales
Juan Carlos Portugal cuestionó que la Fiscalía haya ampliado por 8 meses las investigaciones por el caso Cofre.
Juan Carlos Portugal, abogado de la presidenta Dina Boluarte, en diálogo con RPP, indicó que su patrocinada no acudirá mañana, miércoles, a responder ante la Fiscalía por el caso Cofre presidencial.
Como se sabe, la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, dispuso que la jefa de Estado acuda este 15 de enero, a las 9 am., a rendir su declaración indagatoria en el marco de las investigaciones preliminares por esta causa, luego de que se ampliara por 8 meses el plazo para las indagaciones, al declarar el caso como "complejo".
No obstante, la defensa legal de la mandataria indicó que ella no acudirá a la citación formulada por el Ministerio Público, pues consideró que la ampliación de la investigación se realizó "fuera de plazo".
“No va a asistir por una razón, y quiero ser absolutamente sincero, porque estoy convencido de que es posible que se generen titulares en donde el resumen sea ‘presidenta evade’, ‘presidenta no acude’. La presidenta de la república, el día de ayer, acudió a su quinta declaración como investigada, y en todas las citaciones [del] Ministerio Público, en el marco de una investigación con plazo vigente, acudió. Es más, en el caso Qali Warma, en su condición de ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministerio Público nunca nos había convocado. Nosotros le pedimos al Ministerio Público que nos convoque para ser citados y tener el derecho a ser oídos. En este caso de la cirugía no nos citaban y le dijimos al Ministerio Público, a través de un mensaje a la nación, que nos convoque, al igual, en ese mensaje, que en el caso Cofre", explicó.
"Hasta la fecha, el Ministerio Público, después del mensaje, 10 días incluso después de que se vencía la investigación, no nos comunicó. El Ministerio Público tuvo la oportunidad de llamar durante los primeros 90 días de su investigación preliminar. Tres días después, el Ministerio Público amplía por 8 meses la investigación, en nuestra tesis, fuera de plazo", agregó.
Portugal señaló que "no es algo arbitrario o discrecional" la decisión de no acudir, pues "en el caso de la supuesta desactivación del Equipo Policial de apoyo al Eficcop, el Ministerio Público amplía extemporáneamente el plazo de la investigación luego del plazo inicial", por lo cual la defensa acudió al juez supremo de investigación preparatoria.
"Y el juez nos dio la razón. Eso no es un capricho de la defensa, está haciendo uso del baremo y del baluarte de la ley, que es la audiencia de control de plazo, y le dijo que el Ministerio Público, negligentemente, había ampliado de forma extemporánea, como ha ocurrido acá", señaló.
"Por consecuencia, no es que la presidenta no desea acudir o que quiere evadir. Le pedimos que nos convoque, dentro del plazo, y no lo hizo; y por consecuencia, no podemos convalidar una citación con un plazo vencido. Si el juez supremo de investigación preparatoria, a través de una audiencia, nos rechaza la posición, por supuesto que asistiremos", enfatizó.
Presidenta "no tiene el deber" de informar ausencia ante eventuales operaciones
Por otro lado, Portugal indicó que la presidenta no habría cometido el delito de omisión de funciones cuando se sometió a una cirugía el 28 de junio de 2023. En ese sentido, señaló que no tenía el deber de informar al Congreso o al Consejo de Ministros sobre esa situación.
"No tiene el deber de hacerlo ni tampoco la obligación legal o política de hacerlo […] El delito de omisión de función es de carácter omisivo, es decir, yo no hago algo que la ley no exige que haga, y cuando hago referencia a [esa exigencia] es un reglamento, una directiva, una norma o cualquiera dentro de nuestro ordenamiento nacional. No existe una norma de carácter expreso que establezca que la presidenta, independientemente del tipo o nivel de cirugía, tenga que comunicar al presidente del Congreso […] Quizá en adelante debería hacerse esa exigencia o precisión, pero a la fecha, y a la fecha principalmente de la cirugía de la presidenta, el 28 de junio de 2023, no existía esa obligación", explicó.
"No se puede imputar una responsabilidad sobre clausulas constitucionales genéricas o abiertas, sino, por el contrario, sobre clausulas precisas, porque el derecho penal no permite las leyes de analogía o las interpretaciones de ancha base, sino, por el contrario, restrictivas. Por eso, no hay omisión de función […] La presidenta no tuvo ninguna consecuencia ni durante la intervención ni en el post operatorio", acotó.
Consultado sobre el motivo por el que se manejó con secretismo la intervención quirúrgica a la mandataria, el abogado señaló que "si no hay una obligación que nos exija comunicar, por consecuencia, no hay una omisión ni tampoco hay que dar cumplimiento a una exigencia inexistente".
"No creíamos que se iba a determinar una trascendencia legal respecto a este caso. Cuando el tema ingresa a esa esfera legal, el 6 de diciembre del año pasado, es cuando públicamente le pedimos al Ministerio Público que nos cite […] Esperábamos el camino regular que es la citación a una investigada, en el marco de una citación fiscal, para informar esta situación, y así fue", puntualizó.
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