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Caso Gasoducto Sur Peruano: Poder Judicial autorizó viaje de Jorge Simoes Barata a Mongolia y Turquía

La sede de Palacio de Justicia, en Cercado de Lima.
La sede de Palacio de Justicia, en Cercado de Lima. | Fuente: Andina

El juez Leodán Cristóbal Ayala declaró fundado el pedido que hizo el empresario brasilero para que se autorice su desplazamiento a estos países desde el 4 al 24 de agosto del 2025.

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El Poder Judicial autorizó al exsuperintendente de la empresa Odebrecht en el Perú, Jorge Simoes Barata, procesado en nuestro país por el caso Gasoducto Sur Peruano, ausentarse del lugar donde reside en Brasil para viajar a las ciudades de Ulan Bator en Mongolia y Estambul en Turquía.

Mediante una resolución emitida el último 30 de julio, el juez Leodán Cristóbal Ayala declaró fundado el pedido que hizo dicho empresario brasilero, a través de su defensa legal en el Perú, para que se autorice su desplazamiento a estas ciudades desde el 4 al 24 de agosto del 2025.

Al respecto, el Equipo Especial de la Fiscalía para los casos Odebrecht y Lava Jato presentó un recurso de apelación, el último 31 de julio, a fin de que la instancia superior revoque la resolución apelada y reformándola declare infundado el pedido de autorización de desplazamiento internacional formulado por dicho empresario brasilero.

La instancia fiscal sostiene que la resolución apelada afecta la garantía del debido proceso y tutela jurisdiccional efectiva, así como el principio de legalidad procesal al advertir el agravio de aparente motivación.

Ante ello, el magistrado Leodán Cristóbal Ayala resolvió el último primero de agosto "conceder" este recurso de apelación y remitirlo a la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, instancia que, si lo admite a trámite, deberá convocar a una audiencia virtual para evaluarlo con la participación de las partes procesales involucradas a fin de emitir una decisión final al respecto.

El exsuperintendente de Odebrecht en el Perú, Jorge Barata, afronta un proceso penal en nuestro país por el caso Gasoducto Sur Peruano, bajo mandato de comparecencia con restricciones por 24 meses y cumplimiento de reglas de conducta, entre ellas la obligación de no ausentarse de su lugar de residencia sin previa autorización judicial.

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