La sala suprema también precisó que, si bien el magistrado Checkley Soria ha sido incluido como investigado en unas diligencias preliminares, este caso no tiene vinculación alguna con dicho proceso penal seguido al expresidente Pedro Castillo.
El juez supremo Juan Carlos Checkley seguirá a cargo de la etapa de control de la acusación fiscal presentada contra el expresidente Pedro Castillo y otros por el fallido golpe de estado que protagonizó el 07 de diciembre del 2022.
Esto debido a que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema aprobó la resolución emitida por el magistrado el último 20 de mayo en la que "rechazó de plano" la recusación que presentó el exmandatario en contra de dicho magistrado para se aparte de este proceso penal por una supuesta falta de imparcialidad.
Los abogados del exjefe de estado cuestionaron la actuación del juez supremo Juan Carlos Checkley por la programación de un calendario de sesiones de audiencias que fijó para desarrollar la etapa de control de esta acusación fiscal y por haber sido incluido en la investigación seguida por presunta organización criminal a la Exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, quien fue la que inicio acciones legales en contra del exmandatario por su fallido golpe de estado.
No obstante, el tribunal presidido por el juez supremo César San Martin preciso que "Planificar o agendar no es adelantar opinión acerca de las decisiones interlocutorias o definitivas que puedan dictarse en el curso de las sesiones de audiencia".
La sala suprema también precisó que, si bien el magistrado Checkley Soria ha sido incluido como investigado en unas diligencias preliminares, este caso no tiene vinculación alguna con dicho proceso penal seguido al expresidente Pedro Castillo, por lo que el rechazo de plano de esta recusación es legalmente correcto.
"Es verdad que el juez recusado ha sido incluido como investigado en unas diligencias preliminares, pero ese caso no tiene vinculación alguna con la presente causa u otra seguida contra el encausado Castillo Terrones. Está referida a la anterior Fiscal de la Nación y a la jueza Enma Benavides Vargas, que no intervienen en esta causa. Por tanto, es patente que este hecho procesal no es causalmente idóneo para entender que, por ello, no va a ser imparcial con el citado encausado y la causa en trámite. En consecuencia, los hechos en que se sustenta la recusación no son de recibo. El rechazo de plano es legalmente correcto" remarcó el tribunal supremo en una resolución a la que tuvo acceso RPP.
El juez supremo Juan Carlos Checkley rechazó de plano la recusación del exmandatario al considerar que los argumentos de fondo del recurso no pueden ser aceptados al no tipificar un motivo grave que afecte su imparcialidad en este caso.
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