El Poder Judicial resolvió que la jueza Leky Chagua continúe a cargo del control de la investigación preparatoria seguida en la Fiscalía al exvocero del despacho presidencial Fredy Hinojosa y otros por el caso Qali Warma.
La jueza Leky Chagua seguirá a cargo del control de la investigación preparatoria seguida al exvocero del despacho presidencial Fredy Hinojosa y otros por el caso Qali Warma.
Esto debido a que la Sexta Sala Penal de Apelaciones de Lima declaró "infundada" la recusación que presentó la defensa legal de Edgar Capani, jefe de Conservas de la empresa Frigoinca S.A.C., para apartar a dicha magistrada de este proceso penal.
La defensa legal de Edgar Capani sostiene que la jueza Leki Chagua al haberse pronunciado y declarado fundados los requerimientos de prisión preventiva presentados por la Fiscalía en el caso Qali Warma, en el que su patrocinado se encuentra como uno de los investigados, tendría un criterio formado respecto a la existencia de una organización criminal por lo que se vería afectada la garantía de imparcialidad bajo un punto de vista objetivo.
No obstante, el tribunal superior determinó que, en este caso, el recusante no ha adjuntado medio probatorio alguno y solo ha referido en términos generales los números de expedientes donde se habría pronunciado la magistrada por otros investigados; por lo tanto, no se advierte medio de prueba periférico o indiciario para poder inferir un motivo legítimo de donde se pueda dudar de la imparcialidad de la magistrada.
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Mediante una resolución emitida el último 27 de octubre, a la que tuvo acceso RPP, la sala superior resalta el descargo que presentó la jueza Leky Chagua en el que rechaza esta recusación al indicar que "los pronunciamientos realizados por su despacho no comprometen su imparcialidad atendiendo que no han sido evaluaciones de fondo, sino bajo juicios de probabilidad donde no ha declarado la existencia de una organización criminal en grado de certeza; por lo que, no se advierte posibilidad de que las futuras resoluciones a emitirse en el presente incidente puedan verse afectadas".
"En conclusión, el recusante no acredita objetivamente cómo se vería afectada la garantía de imparcialidad, no sustenta en datos o medios de prueba periféricos o indiciarios para poder inferir un motivo legítimo de donde se pueda dudar de la imparcialidad de la recusada, más aún cuando la recusación versa sobre incidentes diferentes; en consecuencia, no se verifica la existencia de causal fundada en motivos graves que afecte su imparcialidad; por lo que, no resulta amparable lo solicitado" concluye el colegiado en su resolución.
Según la hipótesis fiscal, se habría enquistado una red criminal dentro del estado a fin de manipular los procesos de selección y adjudicación del programa Qali Warma para favorecer a ciertas empresas proveedoras de alimentos, como Frigoinca S.A.C.
De esta manera, se habría perjudicado la salud de escolares de varios departamentos del país.