Audios implican a funcionarios del CNM en un presunto tráfico de influencias.
El delito de tráfico de influencias está previsto en el artículo 400 del Código Penal peruano y se aplica a aquellos que afecten la Administración Pública.
El que, invocando o teniendo influencias reales o simuladas, recibe, hace dar o prometer para sí o para un tercero, donativo o promesa o cualquier otra ventaja o beneficio con el ofrecimiento de interceder ante un funcionario o servidor público que ha de conocer, esté conociendo o haya conocido un caso judicial o administrativo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.
Si el agente es un funcionario o servidor público, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36° del Código Penal y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa.
Artículo 400 del Código Penal
Consejo Nacional de la Magistratura (CNM)
El portal periodístico IDL-Reporteros difundió la noche del sábado una serie de audios en donde denuncian supuestos actos de corrupción y presunto tráfico de influencias entre integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y jueces.
Entre ellos se encuentra el actual presidente de la Corte Suprema del Callao, Walter Ríos; los consejeros del CNM Iván Noguera, Guido Águila y Julio Gutiérrez; y el presidente de la Segunda Sala Transitoria de la Corte Suprema, César Hinostroza. El CNM es la institución que se encarga de nombrar a jueces y fiscales, además de los jefes de la ONPE y el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
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