La medida impide aplicar una norma de 1798 en contextos actuales sin guerra, limitando el poder del Ejecutivo en temas migratorios.
El juez federal Fernando Rodríguez, con sede en Texas, emitió una prohibición definitiva contra el uso de la Ley de Enemigos Extranjeros como base para deportaciones masivas de inmigrantes. La decisión, vigente desde el 1 de mayo, restringe el uso de esta antigua legislación del siglo XVIII, que había sido invocada por la administración Trump desde marzo de 2025 para justificar expulsiones sin juicio previo.
La medida judicial establece que no existe una “invasión armada organizada” que permita aplicar dicha ley, originalmente pensada para tiempos de guerra. La sentencia subraya que permitir que el Ejecutivo defina unilateralmente las condiciones para usar la norma despojaría a los tribunales de su rol constitucional de interpretar los límites del poder estatal.
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Fundamentos de la anulación de la Ley
Según el reporte de CNN, el juez Rodríguez, nombrado durante el gobierno de Donald Trump, concluyó que la ley vulnera derechos fundamentales al impedir que los inmigrantes impugnen su deportación ante tribunales. Esta herramienta legal permitía expulsar extranjeros por sospechas de vínculos con organizaciones criminales sin presentar pruebas en un juicio, como en el caso del Tren de Aragua.
La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés) lideró la demanda que derivó en el fallo, argumentando que las deportaciones sin debido proceso ponían en riesgo la vida de los inmigrantes. El caso emblemático fue el de Kilmar Abrego García, deportado erróneamente a El Salvador sin pruebas ni audiencia judicial. Su historia expuso los peligros de aplicar la Ley de Enemigos Extranjeros sin garantías mínimas.
Aplicación histórica de la Ley de Enemigos Extranjeros
La Ley de Enemigos Extranjeros forma parte de un conjunto de normas conocido como Leyes de Extranjería y Sedición, promulgadas en 1798 durante la presidencia de John Adams. Aunque concebida en un contexto de tensión internacional con Francia, ha sido utilizada en otros periodos bélicos, como la Primera y Segunda Guerra Mundial. Sin embargo, su aplicación en tiempos de paz había sido inédita hasta la iniciativa de Trump en 2025.
El texto legal aún está vigente en el Código de Estados Unidos bajo la sección 50 U.S.C. § 21, pero se limita a ciudadanos de países enemigos durante conflictos armados. Con este fallo, se establece un precedente judicial clave: el Ejecutivo no puede utilizar normas de excepción en contextos ordinarios sin que medie control judicial.
“Este es el primer tribunal que aborda directamente si una autoridad de guerra puede usarse en tiempos de paz, y concluyó que no puede”, afirmó Lee Gelernt, abogado de ACLU. Esta decisión refuerza la exigencia de procedimientos legales antes de cualquier deportación, lo cual impactará futuras estrategias migratorias de los gobiernos estadounidenses.
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