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Resolución del Minsa: Píldora no es abortiva y será distribuida

Foto: EFE
Foto: EFE

"Existe la certeza que el levonorgestrel como AOE no es abortivo y no produce efectos secundarios mortales, por el contrario, es benéfico para la salud".

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El Ministerio de Salud (Minsa) publicó la resolución que dispone incluir nuevamente el Anticonceptivo Oral de Emergencia (AOE), conocido como la 'píldora del día siguiente' en el Programa de Planificación Familiar, a fin de distribuirlo gratuitamente en todos los centros médicos del país.

La resolución ministerial 167-2010/MINSA precisa que esta disposición se da luego que la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) emitieron informes técnicos científicos afirmando que el levonorgestrel (principio activo del AOE) "no es abortivo".

"Hacer de conocimiento público que de conformidad con los informes técnicos científicos por parte de la OMS y OPS, existe la certeza que el uso de levonorgestrel como anticonceptivo oral de emergencia no es abortivo, y no produce efectos secundarios mortales o dañinos", asegura la norma.

Por el contrario, indica, el AOE tiene "propiedades benéficas para la salud".

"No es abortiva al no imposibilitar la concepción (unión de un espermatozoide con un óvulo maduro para el surgimiento de una nueva vida) debiendo entenderse que este fármaco solamente es efectivo "antes de que el óvulo sea expulsado del ovario y antes que la esperma alcance el óvulo maduro. Una vez que el óvulo es fecundado no impide la anidación, y por tanto no puede interrumpir la vida de un óvulo fecundado, haya estado anidado o no".

En ese sentido dispone que la "Dirección General de Salud de las Personas en coordinación con la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, efectúan lo conveniente para aplicar la N.T.N 032-MINSA/DGSP-V.01: Norma Técnica de Planificación Familiar, aprobada por Resolución Ministerial 536-2005/MINSA, acerca del uso del levonorgestrel en la anticoncepción  oral de emergencia".

El Minsa indica que esta norma legal tiene "concordancia con el fundamento 62 de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente 2005.2009-PA/TC", ya que se le atribuyó a las autoridades establecer la eficacia del medicamento.

Se dispone comunicar de esta resolución, firmada por el ministro de Salud, Óscar Ugarte, al Tribunal Constitucional (TC).

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