Se recomienda que Ingreso de menores a los centros de salud sea solo en calidad de pacientes.
El ingreso de menores a hospitales y centros de salud debe ser solo en calidad de pacientes y no para visitar a algún familiar o para hacer algún tipo de trámite, y así evitar riesgos para su salud o exponerlos a algún tipo de enfermedad.
Esta disposición está normada en el artículo 75 del Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2006-SA.
El documento establece que las visitas a los pacientes serán reguladas por disposiciones internas que deben señalar limitaciones relacionadas con cualquier tipo de riesgo para la salud.
Hay que tener en cuenta que los niños están considerados entre la población vulnerable, y por su naturaleza son propensos a contraer enfermedades o algún tipo de virus comunes dentro de los nosocomios.
Por ello, se exhorta a los padres de familia a dejar a sus menores hijos o hijas en sus hogares con algún familiar que cuide de ellos o ellas. Es la mejor manera de protegerlos de cualquier eventual contagio o situaciones de peligro para su salud.
Al llegar a un establecimiento de salud toda persona debe identificarse con su documento de identidad e indicar el motivo de su visita, para tener un mejor control del ingreso de las personas.
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