Asepeg afirmó que las AFOCAT solo pueden emitir el Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) el mismo que tiene una cobertura regional.
Dada la confusión en la opinión pública entre las empresas de Seguros y las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT), la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (ASEPEG) sostuvo que las aseguradoras son las únicas empresas autorizadas para vender el conocido SOAT.
Raúl De Andrea, gerente general de APESEG, indicó que las AFOCAT solo pueden emitir el Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT).
Explicó que el SOAT es un seguro obligatorio destinado a cualquier tipo de vehículo motorizado y tiene una cobertura a las víctimas de accidentes de tránsito en todo el territorio nacional.
En tanto el CAT se vende exclusivamente a vehículos de transporte público terrestre como son las camionetas rurales (combis), microbuses, ómnibus, taxis, colectivos y mototaxis, que presten servicios al interior de una región o provincia, indicó.
“Las AFOCAT no son empresas de seguros ni el CAT es un Seguro. Sin embargo, ambos son supervisados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP”, puntualizó.
Agregó que por disposición expresa de la Ley, el SOAT y las AFOCAT debieran otorgar los mismos beneficios y atender las solicitudes de igual manera sobre la base de los mismos requisitos.
“Desde su creación en el año 2002, el SOAT ha pagado más de S/ 1.200 millones en gastos médicos e indemnizaciones para 600.000 heridos y familiares de 22.000 fallecidos en 500.000 accidentes de tránsito”, finalizó.
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