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AFP: Retiro de hasta S/ 17,600 de los fondos podrá realizarse desde el 27 de mayo, según la SBS

Tal y como lo anunciaron previamente, la SBS presentó el procedimiento operativo antes del vencimiento de la fecha límite.
Tal y como lo anunciaron previamente, la SBS presentó el procedimiento operativo antes del vencimiento de la fecha límite. | Fuente: Andina

La SBS publicó el procedimiento para el retiro de hasta S/ 17,600 de las AFP. Revisa aquí cómo se hará el desembolso de tu fondo de pensiones.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó este miércoles, 19 de mayo, el procedimiento operativo que estaba pendiente para la ejecución de la ley que permite el retiro de hasta S/ 17,600 de los fondos de AFP.

Este procedimiento, cuya fecha máxima de presentación era el sábado 22 de mayo, dispone las normas para permitir este retiro extraordinario aprobado por insistencia en el Congreso.

¿Cómo será el retiro de hasta S/ 17,600?

La solicitud de retiro podrá realizar de manera remota o virtual por única vez dentro de un plazo máximo de 90 días luego de entrada en vigencia la resolución del procedimiento, es decir, el 27 de mayo del 2021, según lo estableció la SBS.

Es decir, recién a partir del próximo jueves 27 de mayo se podrán comenzar a ingresar las solicitudes a través de los canales de atención que dispongan las AFP.

Antes de permitir el retiro, las AFP deberán verificar si accedes al régimen REJA hasta el 30 de abril del 2021, pues en ese caso no puedes aplicar al desembolso.

La entrega de hasta S/ 17,600 de las cuentas de las AFP se hará de manera progresiva:

- Luego de 30 días de realizada la solicitud se te entregará 1 UIT (S/4,400) del monto total requerido.

- A los 30 días de realizada la primera entrega te entregarán otros S/ 4,400.

- El resto de lo que solicites (hasta 2 UIT) se te pagará a los 30 días de efectuado el segundo pago.

Recuerda que el retiro de fondos de la AFP "mantiene la condición de intangible", por lo que se indica que lo que se retire no podría ser descontado o retenido.

Solo aquellas personas que tengan deudas alimentarias se les podrá descontar hasta por un máximo de 30% del monto retirado en cada armada. 

En el caso de aquellos afiliados que residan en el extranjero o estén físicamente imposibilitados la AFP establecerán los protocolos de comunicación para que puedan ingresar sus solicitudes por los canales y formatos que se habiliten.

 

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