Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Estados Unidos mantendrá TLC pese a ola proteccionista, dice Brian Nichols
EP 1749 • 12:17
El Club de la Green Card
¿Quiénes pueden recibir la pensión de un familiar fallecido en EE.UU.?
EP 124 • 01:30
RPP Data
¿Qué hacer para que Lima Metropolitana no siga creciendo de forma desordenada?
EP 237 • 02:58

Aprueban reglamento para erradicar bebidas alcohólicas informales

FLOR DE MAR
FLOR DE MAR

La norma establece a nivel nacional un estricto control, supervisión y fiscalización del uso del alcohol etílico que es la base para la elaboración de bebidas alcohólicas.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Gobierno erradicará la elaboración y comercialización de bebidas alcohólicas informales y adulteradas para proteger la salud de los consumidores, informó el Ministerio de la Producción (Produce).

Mediante una norma publicada en el Diario Oficial El Peruano se establece a nivel nacional un estricto control, supervisión y fiscalización del uso del alcohol etílico que es la base para la elaboración de bebidas alcohólicas.
 
El Reglamento de la Ley 29632 mediante Decreto Supremo 005-2013-PRODUCE crea un Registro Único de Usuarios y Transportistas de alcohol etílico, un Registro de Comercializadores de Bebidas alcohólicas y un Registro Especial para conocer los movimientos diarios del alcohol etílico.
 
"La inscripción se realizará a través de una solicitud ante la Dirección de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados del Produce o a la Dirección Regional de la Producción de los Gobiernos Regionales. El registro es gratuito y su vigencia es de un año, renovable a solicitud del usuario", detalla la norma.

Multas

La omisión a la inscripción en el Registro Único será sancionado con 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). La no verificación de las solicitudes de compra de alcohol etílico y la obligación de verificar si la persona que vende está registrada, se sancionará con el 75% de la UIT.

La comercialización o suministro de alcohol etílico industrial o de segunda sin desnaturalizar y la elaboración de bebidas alcohólicas a base de este mismo producto, serán sancionarán con 3 UIT

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA