El Tribunal Constitucional declaró constitucional la ley que actualiza el Bono de Reconocimiento, asegurando que los aportes de quienes migraron de la ONP a las AFP después del 2002 no se pierdan.
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió esta semana un debate crucial para miles de peruanos: los aportes realizados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) por quienes migraron al Sistema Privado de Pensiones (SPP) desde 2002 serán beneficiados con un bono de reconocimiento y transferidos a sus cuentas individuales en las AFP.
Esta decisión ratifica la constitucionalidad de la Ley N.º 31729, aprobada por el Congreso en 2023.}Cerca de 4.6 millones de personas que pasaron de la ONP a las AFP podrán recibir este bono, asegurando que sus años de aportes no queden en el aire. Estos recursos serán integrados a sus cuentas individuales y se sumarán al fondo para su jubilación.
Por otro lado, el Poder Ejecutivo advirtió que esta medida podría implicar un alto costo fiscal, ya que no se contaba con un presupuesto asignado. Además, temen que incentive una migración masiva de afiliados de la ONP hacia las AFP, debilitando aún más el sistema público.
Pese a ello, el TC rechazó estos argumentos, priorizando el reconocimiento de los aportes de los trabajadore.
¿Qué es el bono de reconocimiento?
Es un beneficio económico que otorga el Estado a los afiliados de la ONP que decidieron cambiarse a una AFP, como compensación por los aportes realizados al sistema público. Antes de esta ley, solo se reconocía a quienes migraron hasta 2001.
Con la actualización, se amplía el alcance del bono para quienes hicieron el traslado a partir del 2002.
El Estado deberá implementar los mecanismos para calcular y transferir los bonos de reconocimiento a las AFP. Este proceso será clave para garantizar que los beneficiarios puedan acceder a sus fondos en el menor tiempo posible.
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