Conoce las nuevas disposiciones de la SBS con las que estarán prohibidas ciertas prácticas en los bancos. Además, ahora las entidades financieras también estarán obligadas a incluir entre sus productos una tarjeta de crédito que no incluya cobro por membresía.
Ya se encuentran vigentes las modificaciones en el reglamento de gestión de conducta del mercado del sistema financiero, establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
En esta Resolución SBS N° 1870-2020 se indica una relación de prácticas bancarias calificadas como abusivas, las cuales estarán prohibidas y no podrán ser aplicadas por los bancos.
¿Cuáles son las malas practicas?
- Cobrar más de un cargo por incumplimiento de pago por cada ciclo de facturación en las tarjetas de crédito.
- Cobro de la comisión de membresía anual, antes de que se cumpla el año de vigencia del servicio que prestan a través de la tarjeta de crédito.
- Modificar del monto de la comisión de membresía anual o de las condiciones de su exoneración, antes de que se cumpla un año de su vigencia.
- Tratamiento diferenciado, respecto del cobro de intereses, entre operaciones revolventes y operaciones a una sola cuota, cuando son pagadas dentro de la fecha de vencimiento del estado de cuenta del periodo.
- Poner limitaciones o restricciones para migrar a otra tarjeta de crédito, inclusive a aquella tarjeta sin comisión de membresía.
La entidad reguladora del sistema financiero indicó que también son consideradas malas prácticas el cobro por la reposición de tarjetas, exigir la reposición de la tarjeta para cancelar un producto o contrato, y condicionar la contratación de un producto o servicio a la contratación de otro.
La resolución indica que realizar estas conductas señaladas como prácticas abusivas son consideradas infracciones graves al reglamento.
¿Se pueden denunciar?
El experto en finanzas y docente de Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta, indica que en primera instancia el cliente debe hacer el reclamo en el mismo banco pidiendo el libro de reclamaciones. Pero, si a los 30 días la entidad financiera no da una respuesta o al cliente no se satisface la resolución, entonces puede acudir a la SBS a realizar su reclamo.
En caso el usuario no esté de acuerdo con lo determinado por la SBS entonces podría acudir a Indecopi.
Tarjeta sin membresía
El reglamento también señala que todas la entidades financieras estarán obligadas a ofrecer a sus clientes por lo menos una tarjeta de crédito sin cobro de membresía.
Ahora estos bancos deberán informar a todos sus clientes sobre la existencia de este producto antes de permitir la contratación de cualquiera de las otras tarjetas con pago por membresía, con el objetivo que el cliente tenga opción a elegir.
Pero, ¿me resulta conveniente?
Usualmente el cobro de membresía implica los beneficios asociados a la tarjetas como las millas de vuelo, puntos, o promociones sin intereses.
Carrillo explica que estas tarjetas sin membresía solo son convenientes para dos tipos de clientes: Los usuarios que solo la usan en caso de promociones y quienes la utilizan solo en caso de imprevistos.
No resulta una opción conveniente para aquellos usuarios que utilizan regularmente la tarjeta, pues al hacer consumos frecuentes, el banco ya no le cobra la membresía.
"Probablemente estas tarjetas no tengan estas promociones, descuentos, millas y es muy probable que te cobre una mayor tasa de interés", señala el especialista.
En estas tarjetas las tasas de interés que se cobren, tanto para compras como para disposición de efectivo, podrían ser mayores que las vigentes. Otro de los cobros que podrían aumentar están el seguro de desgravamen.
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