Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Reflexiones del evangelio
Domingo 1 de junio | (Ascensión) - "Mientras los bendecía se separó de ellos, subiendo hacia el cielo"
EP 987 • 12:08
Voces regionales
Turismo sostenible para transformar Lambayeque
EP 6 • 21:58
Entrevistas ADN
Fiscalía señala que pedido para reconsiderar archivamiento de denuncia contra Boluarte no interfiere en labores del Congreso
EP 1836 • 18:26

Congreso aprobó ley que establece derechos laborales para repartidores de delivery

Hasta a inicios del 2021 se estimaba que habían cerca de 50,000 personas dedicándose al servicio de entrega a domicilio.
Hasta a inicios del 2021 se estimaba que habían cerca de 50,000 personas dedicándose al servicio de entrega a domicilio. | Fuente: Andina

Este proyecto de ley, que aún tiene una segunda votación pendiente, brindaría derechos laborales a los repartidores, entre ellos el pago de utilidades y un seguro de salud.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Congreso de la República aprobó el viernes pasado un dictamen que propone establecer derechos laborales para los trabajadores del servicio de delivery o reparto a domicilio.

Este proyecto de ley 7567, evaluado en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, tuvo 73 votos a favor, 3 votos en contra y 25 abstenciones.

Pero, esta iniciativa aún tiene pendiente la segunda votación por lo que en los próximos 7 días volverá a debatirse en el sigiente Pleno del Congreso.

¿Qué plantea el proyecto de ley?

Según la norma, los trabajadores del servicio de reparto a domicilio tendrán derecho a exigir beneficios laborales entre ellos un seguro de salud, un seguro de accidentes, equipos de protección contra la COVID-19, y un porcentaje por el servicio que paga el usuario que no puede ser menor al 80%.

También deberán acceder al pago anual de una UIT, actualmente equivalente a S/ 4,400, por concepto de gastos y el pago de utilidades anuales acorde a la ley nacional vigente.

Para esto las empresas deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Personas Jurídicas que usan el servicio de reparto y distribución.

En caso las empresas empleadoras incumplan con estos requisitos mínimos esto implicará sanciones correspondientes a una infracción administrativa, acorde a lo establecido el artículo 33 de la Ley General de Inspección del Trabajo.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA