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CTS a empleados públicos: El MTPE hizo estas precisiones

El depósito de la CTS a los empleados públicos corresponderá al período noviembre 2015 - abril 2016.
El depósito de la CTS a los empleados públicos corresponderá al período noviembre 2015 - abril 2016. | Fuente: ANDINA

El Ministerio de Trabajo emitió un decreto supremo indicando que los depósitos se financiarán con el presupuesto institucional de las entidades involucradas, los pliegos respectivos podrán realizar modificaciones presupuestarias.

El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) que recibirán los trabajadores públicos bajo el régimen privado, este lunes 16 de mayo, corresponderá al período noviembre 2015 - abril 2016, especificó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

En octubre del año pasado, el Congreso de la República aprobó la ley que dispone que este pago sea semestral como en el sector privado y así estos empleados no tengan que esperar al término del período laboral para recibir sus depósitos.

Mediante un Decreto Supremo N° 006-2016-TR, el MTPE indicó que "no resulta aplicable la CTS crrespondiente a períodos anteriores", es decir los depósitos previos serán pagados cuando el vínculo laboral concluya, como lo determina el anterior régimen.

La norma beneficiaría a 84 000 trabajadores públicos a nivel nacional adscritos al Decreto Legislativo N° 728 y a unos 250 mil empleados que ingresen al nuevo régimen de la Ley del Servicio Civil.  

Asimismo el MTPE detalló que los trabajadores que tendrán este derecho laboral semestral deben tener en cuenta lo siguiente:

1. Los trabajadores sujetos al régimen laboral general de la actividad privada que laboren para un empleador o entidad pública, cuando menos en promedio, una jornada mínima diaria de cuatro horas.

2. El trabajador deberá comunicar, por escrito y bajo cargo, el nombre del depositario que ha elegido. Si el trabajador no cumple con señalar la entidad depositaria antes de que el empleador efectúe el depósito, éste decidirá por cualquier de las entidades del sistema financiero que reciban este tipo de depósitos.

Financiamiento: 

La implementación de lo establecido se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, para tal efecto, los pliegos respectivos podrán realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático en la Partida de Gasto "Retribuciones y Complementos en Efectivo", en cuyo caso se deberá contar con las opiniones favorables a que se refiere dicho numeral.

Cabe recordar que cuando en noviembre del 2015, el Ejecutivo observó la referida ley (que después fue aprobada por el Legislativo por insistencia) indicó que esta medida implicaba un excesivo incremento del gasto fiscal en el 2016 en promedio de S/.1 368 millones, equivalente a un costo anual  del 0.02% del Producto Bruto Interno (PBI), "lo que contraviene el objetivo de alcanzar un equilibrio fiscal en el mediano plazo".

El documento lleva las firmas de los ministros de Economía y Finanzas, Alonso Segura, de Trabajo, Daniel Maurate y del Presidente Ollanta Humala.

 

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