La mayoría de trabajadores del sector público y privado deberán paralizar sus labores ante el Estado de Emergencia impuesto por el Gobierno.
El Estado de emergencia inició esta semana, paralizando el tránsito y las labores regulares de la mayoría de peruanos, tanto del sector público como privado, para frenar el avance del Covid-19.
Ante el aislamiento social obligatorio decretado por el Gobierno sólo podrán circular los trabajadores de sectores esenciales como producción y suministro de alimentos y productos farmaceúticos; empleados de servicios de salud, agua, limpieza, energía y venta de combustible; así como trabajadores de medios de comunicación, entidades financieras y call centers.
No obstante, no todos los trabajadores de los sectores mencionados deberán movilizarse.
¿Qué es el teletrabajo?
El Gobierno dispuso, en el decreto supremo 026-2020, que se podría aplicar teletrabajo para que los empleados puedan continuar prestando servicios desde sus hogares.
Esta medida no puede aplicarse si el trabajador es positivo de Covid-19, pues en ese caso le corresponde un descanso médico efectivo que no alterará el pago de su sueldo.
¿Qué hacer si mi trabajo no se puede hacer en remoto?
En caso las labores del empleado no se puedan hacer a distancia, el Ministerio de Trabajo señala que se debe establecer un "goce de haber sujeta a compensación", lo que significa que deberán acatar la cuarentena y luego de finalizado el Estado de Emergencia deberán compensar las horas no trabajadas.
¿Pueden usar mis días de vacaciones?
En caso de cuarentena las empresas no pueden adelantar las vacaciones de manera unilateral, según señala el abogado laboralista, Germán Lora. La medida solo puede ser tomada en consenso con los trabajadores.
En caso tu empresa incumpla con algunos de estos puntos podrás establecer tu denuncia a través de la opción "Denuncia Virtual" que se encuentra en la página web de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Las compañías que incumplan con las disposiciones del Estado serán multadas dependiendo del rubro y tipo de empresa.
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