El Poder Ejecutivo estableció que las disposiciones sobre el trabajo remoto tengan vigencia para el sector público y privado hasta el 31 de diciembre de 2021.
El Poder Ejecutivo amplió la vigencia de la modalidad de trabajo remoto hasta el 31 de diciembre de este 2021, según se establece en Decreto de Urgencia 55-2021.
A través de la Segunda Disposición Complementaria Final del decreto, se establece que estas disposiciones sobre trabajo remoto serán extendidas tanto para el sector público como el privado.
Esta medida fue establecida en el Decreto de Urgencia N ° 026-2020 poco después de iniciada la cuarentena en el Perú, para evitar la propagación de la COVID-19 en los centros de trabajo.
La medida ya había sido prorrogada anteriormente en el Decreto de Urgencia 127-2020, donde se establecía que tendría vigencia hasta 31 de julio de 2021. Pero ahora podrá aplicarse esta modalidad hasta fin de año.
Actualmente se estima que más de 200,000 trabajadores continúan laborando de manera remota a nivel nacional.
Ten en cuenta que los trabajadores que laboren bajo esta modalidad tiene derecho a la desconexión digital, es decir, están facultados a desconectarse de los medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos utilizados para la prestación de sus servicios, fuera de su jornada de trabajo y durante los días de descanso, licencias y periodos de suspensión de la relación laboral.
Con esto los trabajadores no pueden exigir al trabajador la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral fuera de la jornada de trabajo o durante los días de descanso, licencias y periodos de suspensión de la relación laboral.
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