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Gobierno promulga ley que regula pago de facturas a mypes

Actualmente se estima que el pago de las facturas de las empresas pequeñas toma más de 60 días.
Actualmente se estima que el pago de las facturas de las empresas pequeñas toma más de 60 días. | Fuente: Andina

Según lo establecido en la ley, las empresas compradoras tendrán 30 días para cancelar estas facturas a las mypes proveedoras.

El Gobierno hizo oficial la ley que regula el pago oportuno de facturas comerciales o recibos por honorarios de mypes entregados a empresas del sector privado y público.

La Ley 31362, que tiene como fin impulsar el dinamismo de la economía mediante las mypes, establece un pago de facturas en un máximo de 30 días.

Según indican, en el momento que se apruebe la conformidad del bien entregado o servicio prestado, el proveedor emite la factura o recibo por honorarios correspondiente.

Desde el día de la recepción, la empresa que adquiere el bien o servicio tiene un plazo de ocho días calendario para dar la conformidad de acuerdo con lo establecido en la orden de compra, contrato u otro documento de compra.

Si se acuerda que el pago sea realizado en cuotas, deberá indicarse las fechas respectivas de pago de cada una de ellas, tomando en cuenta que la primera cuota se paga como máximo dentro de los 30 días calendario a la presentación de la factura o recibo por honorarios.

Pero, el proveedor y el adquirente del bien o servicio también podrán acordar un plazo distinto al que se refieren los párrafos anteriores.

En caso la empresa compradora no realiza el pago de la factura en el plazo señalado incurrirá en mora, devengándose desde el día siguiente de la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago.

La tasa de interés moratoria será calculada de acuerdo con los criterios establecidos por el Banco Central de Reserva (BCR).

Ante de comenzar con la aplicación de la ley como tal, se ha fijado un plazo de adaptación por un periodo de 180 días calendario. En ese tiempo el pago del monto de las facturas se podrá realizar en un plazo máximo de 60 días calendarios.

Previo a la entrada en vigencia de la presente ley, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) deberá dictar las normas reglamentarias y complementarias para la aplicación de la ley.

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