La Sunat informó que más de 830 000 contribuyentes han cumplido a la fecha con la referida obligación tributaria.
Hoy viernes 8 de abril venció la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR) 2015, para los denominados "Buenos Contribuyentes".
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), informó que más de 830 000 contribuyentes cumplieron con la referida obligación tributaria. Esta cifra representa un incremento de 12% del cumplimiento en comparación con el año pasado.
El cronograma de vencimientos para la presentación de esta declaración inició el miércoles 23 de marzo y se extiende solo para los "buenos contribuyentes" hasta hoy, periodo en el que según el ente recaudador alrededor de 900 mil contribuyentes a nivel nacional deberán cumplir con esta presentación anual.
El cronograma de vencimientos para la presentación del IR va de acuerdo con el último dígito del RUC de los contribuyentes.
Cronograma de Vencimiento |
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Último dígito del RUC | 0 | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | Buenos Contribuyentes |
Último día Declaración año 2015 | 23 Mar. | 28 Mar. | 29 Mar. | 30 Mar. | 31 Mar. | 01 Abr. | 04 Abr. | 05 Abr. | 06 Abr. | 07 Abr. | 08 Abr. |
¿Quiénes declaran?
Las personas naturales cuyos ingresos profesionales (Cuarta Categoría) hayan superado los S/ 25 000 durante 2015. Las personas naturales cuya suma de Renta Neta de Trabajo (Cuarta Categoría: trabajo independiente y Quinta Categoría: trabajo dependiente) más la Renta Neta de Fuente Extranjera, hayan superado el referido monto.
Aquellos que han obtenido Rentas de Primera Categoría (alquiler de uno o más bienes muebles o inmuebles) o Segunda Categoría (proveniente de ganancias de sus inversiones de capital), siempre que tengan saldo a favor del Fisco o el monto de su ingreso anual por dichas rentas haya sido mayor a los S/ 25 000 en el 2015.
También las empresas, entidades y personas con negocio que han obtenido rentas o pérdidas consideradas como de tercera categoría (renta empresarial) y estén comprendidas en del Régimen General. Y las personas y entidades que pagaron más del 15% de sus operaciones sin bancarizarlas.
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