Esta semana el Congreso aprobó el proyecto que exonera del IGV a productos básicos como el pollo, los huevos, la leche, el azúcar y otros productos.
El Congreso aprobó la ley que busca exonerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) a alimentos de la canasta básica familiar en medio del aumento de precios reportado por diversos factores internacionales.
La medida aprobada combinó la iniciativa planteada por el Poder Ejecutivo junto a la propuesta de las bancadas de Acción Popular, Fuerza Popular, Perú Libre y Perú Democrático.
De esa manera se espera reducir los precios del pollo, huevo, harina, fideos, carnes, azúcar, leche concentrada y otras aves como pavos, patos y gansos.
Cabe mencionar que actualmente ya están exonerados de IGV diversos productos básicos como los pescados y mariscos, las frutas, verduras, y menestras (frescas y refrigeradas).
¿Cuánto bajarían los precios?
El docente y experto en finanzas de Pacífico Business School, Jorge Carrillo, precisa que esta exoneración de IGV a los productos básicos no implicaría que los precios bajen un 18%, que es el monto que se pagaba de impuesto.
"Si se trasladase en su totalidad al consumidor final, disminuiría los precios de estos bienes en un 15.25% y no en 18% como algunos indican, ya que este tributo es el 18% del “valor de venta”, y no del “precio de venta”, que es el monto final que se paga (valor de venta + IGV = precio de venta)", explicó.
Carrillo indica que, por ejemplo, si un kilo de pollo costaba S/ 10, con la reducción del IGV pasaría a valer S/8.47. Esto siempre y cuando el beneficio sea trasladado totalmente.
Sin embargo, proyecta que en la práctica el porcentaje de reducción de precios será menor pues los negocios recuperaban el IGV de las compras con el IGV de las ventas (crédito fiscal).
"En el caso de estar exonerado el producto final, el IGV pagado en algunas compras se convertirá en un “sobrecosto” (no se recuperará), teniendo que ser trasladado al consumidor", agregó.
Cabe mencionar que esta medida tendría un impacto total de S/ 500 millones en menor recaudación tributaria durante el 2022.
¿Desde cuándo se aplicaría la medida?
La norma aprobada este jueves indica que la exoneración del IGV tiene vigencia “el primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación”.
Con esto se puede estimar que la exoneración del IGV a alimentos regiría a partir del primero de mayo, y vencerá el 31 de diciembre.
En total la medida duraría ocho meses, a diferencia de la propuesta del Gobierno que proponía que el beneficio solo se aplique por 3 meses.
Ahora el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) deberá reglamentar la ley en un plazo máximo de 15 días calendario.
Video recomendado
Comparte esta noticia