Las empresas deberán comenzar con el depósito de este beneficio laboral en las próximas semanas. Conoce que debes tener en cuenta sobre este pago.
En las próximas semanas las empresas privadas que tienen a más de 20 trabajadores deberán distribuir sus ganancias por el concepto denominado utilidades.
Las utilidades deberán ser entregadas a todos los empleados registrados en la planilla de la empresa, ya sea que tengan una labor a tiempo completo o realicen labores de medio tiempo.
Ante los cambios que se produjeron en el mercado laboral debido a la pandemia, ¿que pasará con los trabajadores cuyo empleo se vio afectado?
El laboralista del estudio PPDU, Ivan Parédez, explica que si el trabajador fue despido o no le renovaron el contrato, el especialista indica que "las normas de utilidades se aplicarán como siempre y se le otorgará las utilidades teniendo en cuenta el tiempo laborado y la remuneración percibida durante el año 2020".
Para los trabajadores a los que se le redujo la remuneración por mutuo acuerdo se tomará en cuenta el salario reducido para efectos del cálculo en la participación de las utilidades.
En el caso de las personas que se encuentran en suspensión perfecta de labores, se indica que no se toma en cuenta todo el período que el trabajador estuvo bajo licencia sin goce de haber.
Pero, si el Ministerio de Trabajo declaró improcedente la suspensión perfecta de labores solicitada por la empresa, esta sí se le deberá considerar todo dicho período como efectivamente laborado.
Para los trabajadores que se le aplicó licencia con goce de haber compensable, el especialista señala que esos días no son contados para el calculo de sus utilidades.
"Si los trabajadores que estuvieron en este supuesto no cumplieron con recuperar las horas dejadas de laborar, es decir, no efectuaron trabajo efectivo, dichos días no deben ser considerados en la distribución por días laborados. En cambio, dado que la licencia fue con goce de haber, es decir, hubo pago de remuneraciones, dichas remuneraciones sí deben ser consideradas en la distribución por remuneraciones", indicó en el diario El Peruano.
Ten en cuenta que quienes cobran mediante recibos por honorarios, o los practicantes, no podrán acceder de este beneficio laboral.
¿Cuándo se pagarán las utilidades?
Las utilidades se pagan en un plazo máximo de 30 días después de que la empresa presente la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, la cual vence este año entre el 25 de marzo y el 12 de abril de 2021.
Cabe mencionar que es posible que no todas las empresas vayan a entregar utilidades, pues estas son los ingresos menos los gastos que ha podido cubrir la empresa, y debido a la crisis económica no todas han generado un nivel positivo de ingresos.
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