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Los menores sí pueden registrar sus quejas en el Libro de Reclamaciones

Los niños también tienen que hacer valer sus derechos como consumidores.
Los niños también tienen que hacer valer sus derechos como consumidores. | Fuente: Indecopi

Según la ley, los colegios particulares son un proveedor más.

La ley establece que los colegios particulares son un proveedor más, por ello sus obligaciones y deberes son similares a los que cualquier otro proveedor.

En ese sentido, deben tener un Libro de Reclamaciones a disposición de sus usuarios en cada local educativo para que los padres de familia o alumnos registren sus quejas o reclamos cada vez que consideren que sus derechos han sido afectados.

Los planteles deben colocar un letrero en una parte visible del colegio, en el que se señale que el establecimiento cuenta con el Libro de Reclamaciones a disposición de los padres o alumnos. Los plazos de ley para responder los reclamos son los mismos, es decir 30 días calendarios, que se cuentan desde la fecha en que se registra el reclamo.

Menores pueden usar Libro de Reclamaciones

Los menores de edad consumen muchos productos y servicios, se encuentren solos o acompañados por sus padres o personas mayores, por lo que la ley ha previsto que este grupo de consumidores y usuarios no queden fuera de la protección legal en sus relaciones de consumo.

Por este motivo se ha previsto que los menores de edad pueden registrar su queja en el Libro de Reclamaciones ingresando también los datos del padre, la madre o alguna otra persona mayor, a quien el proveedor deberá dirigir la respuesta al reclamo presentado por el menor.

Para conocer más sobre el Libro de Reclamaciones ingresa a www.quenotepinchenelglobo.pe

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