Mediante una ordenanza publicada este domingo en el diario oficial El Peruano, la comuna distrital aduce razones de salubridad y control sanitario de la zoonosis relacionados con ese tipo de aves.
Multas que van de los S/.385 a los S/. 770 aplicará la Municipalidad de Barranco a quienes alimenten, den de beber agua, críen o permitan la presencia de palomas en sus viviendas o comercios.
Mediante una ordenanza publicada este domingo en el diario oficial El Peruano, la comuna distrital aduce razones de salubridad y de prevención y control sanitario de la zoonosis relacionados con ese tipo de aves.
Según señala, queda prohibido alimentar con cualquier producto, así como promover, colocar o mantener recipientes con agua en las vías públicas de los que puedan beber las palomas.
Queda asimismo, prohibida la crianza de palomas en todas las áreas públicas del distrito, en cuyo caso las personas que a la fecha se encuentren criando dichas aves, deberán de adoptar dentro del plazo de veinte a partir de este domingo las medidas necesarias para su adecuación en ambientes más idóneos.
Otra prohibición que rige ahora en Barranco es la acumulación de trastos viejos y enseres en desuso, en azoteas, patios y otros espacios que, de manera directa o indirecta, sirvan de refugio o nido para las palomas silvestres. En ese caso, se deberá adoptar en un plazo de 20 días la limpieza de azoteas u otro espacio que lo amerite.
Además, la autoridad edil dispuso que no se debe permitir la presencia de palomas domésticas al interior de viviendas, locales comerciales y de servicio, en infraestructuras inadecuadas teniendo estas, contacto con la zona urbana.
ANDINA
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