Si el hijo ya está trabajando, el padre de familia puede ejecutar el procedimiento de exoneración de pensión alimenticia, el cual puede resolverse en un plazo de 12 a 18 meses.
En la secuencia Familia y Justicia del programa Encendidos de RPP, Lorena Meza, abogada especialista en derecho de familia, resolvió más dudas sobre la demanda de alimentos.
La doctora Meza recordó que es muy importante que, si los padres ya tomaron la decisión de separarse, deben apartar sus problemas personales de toda índole pensando en el beneficio únicamente del niño o niña que es lo que debe importar.
También indicó que cuando el hijo ya es mayor de edad la norma establece, que como máximo, si es que se encuentra estudiando y tiene notas satisfactorias puede seguir recibiendo una pensión de alimentos hasta los 28 años.
Lorena Meza expresó que en todo caso pasada esa edad y si el hijo ya está trabajando, el padre de familia puede ejecutar el procedimiento de exoneración de pensión alimenticia, el cual puede resolverse en un plazo de 12 a 18 meses. Sostuvo, sin embargo, que no podrá recuperar lo que ya dio porque los alimentos que ya se dieron no se devuelven.
La abogada también explicó que si el padre tiene algún problema de salud puede solicitar a su hijo una pensión alimenticia que complemente los ingresos que puede poseer para solventar sus gastos básicos.
¡Entérate más sobre este y otros importantes temas escuchando la secuencia legal Familia y Justicia todos los martes y jueves en Encendidos con Mauricio Fernandini!
También pueden ingresar a la web de la Asociación Frieda & Manuel Delgado Parker: https://www.afmdp.org/ o al Facebook: https://www.facebook.com/afmdpperu
Comparte esta noticia