Se revoca de estas facultades, además del registro de desapariciones y adopciones, a la Municipalidad de Lima, según resolución.
A partir del 12 de julio, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) se encargará del proceso registral de nacimientos, matrimonios, defunciones, desapariciones y adopciones en el departamento de Lima.
Según indica la resolución jefatural 510-2010-JNAC/RENIEC, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se revocan de estas facultades a la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, provincia y departamento.
Además de las facultades mencionadas, Reniec también se hará cargo de la inscripción de los registros de ausencia y muerte presunta, todas ellas consignadas en los literales "a", "b", "c", "e" y "o" del artículo 44 de la Ley orgánica del Reniec 26497.
"Las inscripciones que se llevan a cabo desde la citada fecha (12 de julio) serán de exclusiva competencia del Registro Nacional de Estado Civil (Reniec)", precisa la norma.
La norma dispone, además, que las oficinas de registro de estado civil que funcionan en dicha jurisdicción conserven el acervo documentario ejerciendo en éste el registro de nulidad de matrimonio, sentencias de filiación, cambios de nombre, reconocimientos de hijos y otros que modifiquen el estado civil de las personas.
ANDINA
Según indica la resolución jefatural 510-2010-JNAC/RENIEC, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se revocan de estas facultades a la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, provincia y departamento.
Además de las facultades mencionadas, Reniec también se hará cargo de la inscripción de los registros de ausencia y muerte presunta, todas ellas consignadas en los literales "a", "b", "c", "e" y "o" del artículo 44 de la Ley orgánica del Reniec 26497.
"Las inscripciones que se llevan a cabo desde la citada fecha (12 de julio) serán de exclusiva competencia del Registro Nacional de Estado Civil (Reniec)", precisa la norma.
La norma dispone, además, que las oficinas de registro de estado civil que funcionan en dicha jurisdicción conserven el acervo documentario ejerciendo en éste el registro de nulidad de matrimonio, sentencias de filiación, cambios de nombre, reconocimientos de hijos y otros que modifiquen el estado civil de las personas.
ANDINA
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