Cuando los padres de un menor se encuentran separados solo uno de ellos debe quedarse al cuidado de los niños o adolescentes.
Dra. Consuelo Garcia de piccetti
Abogada
Tema: Tenencia, en qué casos se solicita, quién tiene la prioridad, causales.
Cuando los padres de un menor se encuentran separados solo uno de ellos debe quedarse al cuidado de los niños o adolescentes. A eso se llama tenencia. Sin embargo, cuando no hay acuerdo el tema se complica sobre todo si quien va a demandar la tenencia es el padre contra la madre.
La tenencia puede resultar uno de los litigios más complejos y difíciles del derecho de familia y es porque la ley parte de ciertas premisas como son:
El niño permanecerá con quien convivió mayor tiempo, siempre que le sea favorable. El menor de tres años permanecerá necesariamente con la madre.
La ley prefiere siempre que los menores se queden con la madre.
Para el varón resulta muy arduo lograr una tenencia. Por eso recomendamos antes de un litigio preparar el terreno y agenciarse de las pruebas suficientes que puedan inclinar el tema a su favor.
Una medida cautelar no es rápida, puede durar años y eso realmente es lo menos importante ya que usted puede pedir una medida cautelar y solicitar la TENENCIA PROVISIONAL del niño para que esté con uno de los padres, sin perjuicio de seguir el trámite.
La tenencia se aplica solo a los padres. La tutela es la institución que protege al menor en la ausencia de los padres y se concede a los abuelos u otros familiares.
La patria potestad es el derecho a ser padres y decidir sobre los hijos. Este derecho les asiste a los dos padres por igual y resulta no negociable, ni renunciable.
Solo se puede suspender por hechos muy graves y debidamente acreditados en un proceso judicial como por ejemplo: dedicar a la mendicidad a los hijos, incumplir con los alimentos o dar malos ejemplos, entre otros.
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