Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
RPP Data
Muertes maternas en el país presentan ligero descenso desde el 2022
EP 187 • 03:38
El poder en tus manos
EP72 | INFORME | Bancada de Acción Popular emprende la carga con proyectos cuestionables de acuerdo con expertos
EP 72 • 03:49
El Club de la Green Card
Edad máxima para solicitar la visa americana
EP 22 • 01:55

Presidente de México emite decreto para aislar a enfermos por virus de gripe porcina

También se autoriza la inspección de pasajeros que puedan ser portadores de gérmenes, así como de equipajes, medios de transporte y objetos que puedan ser fuentes de agentes patógenos.

El presidente de México, Felipe Calderón, emitió un decreto que autoriza a la Secretaría de Salud a aislar a enfermos por el nuevo virus de gripe porcina, además de inspeccionar a viajeros e ingresar a las casas para combatir una epidemia de influenza.


En un texto de seis artículos, publicado en el Diario Oficial de la Federación, Calderón autorizó a la Secretaría de Salud a tomar medidas de emergencia, considerando que "un nuevo tipo de virus se propagó en la Ciudad de México y sus alrededores, causando al menos veinte muertos en los últimos días".


Dentro de una lista de doce medidas, se establece que la Secretaría de Salud, "con el propósito de combatir la epidemia y cuando lo estime pertinente" tendrá la facultad de ordenar "el aislamiento de personas que puedan padecer la enfermedad y de los portadores de gérmenes de la misma, por el tiempo que resulte estrictamente necesario, así como la limitación de sus actividades".


También se autoriza "la inspección de pasajeros que puedan ser portadores de gérmenes, así como de equipajes, medios de transporte, mercancías y otros objetos que puedan ser fuentes o vehículos de agentes patógenos".


Asimismo, se faculta a las autoridades sanitarias a regular "el tránsito terrestre, marítimo y aéreo, así como disponer libremente de todos los medios de transporte de propiedad del Estado y de servicio público".


La Secretaría de Salud también podrá "ordenar las medidas atingentes a fin de evitar congregaciones de personas en cualquier lugar de reunión, incluyendo la clausura temporal de locales o centros de espectáculo".


De la misma manera, se le autoriza la adquisición de equipo y material médico y cualquier tipo de equipo, mercancías o servicios que sean necesarios, sin mediar licitación, para hacer frente a la emergencia, entre otras acciones.


ANDINA

Tags

Lo último en Actualidad

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA