La Fiscalía solicitó elevar la pena a agresión sexual, petición que fue denegada porque la menor estaba inconsciente y “no hubo violencia ni intimidación”.
Los habitantes de la ciudad de Manresa han mostrado su indignación ante la polémica sentencia de la sección 22 de la Audiencia de Barcelona, que ha condenado a cinco de los seis acusados de violar grupalmente a una adolescente de 14 años a penas de entre 10 y 12 años de prisión por abuso sexual y abuso sexual continuado a una menor.
En el 2016, los autores del crimen llevaron a la adolescente -quien se encontraba en estado inconsciente- hasta una fábrica abandonada, en el camino Torres d’en Vinyes, en donde se tomaron turnos de 15 minutos para violarla. La joven había tomado alcohol y consumido marihuana, por lo que se encontraba en estado de inconsciencia.
Este último detalle fue relevante para la Corte Suprema, que decidió condenar a los autores por abuso sexual y no elevar la pena a agresión sexual (como lo había solicitado la Fiscalía), debido a que la joven se encontraba inconsciente y consideraron que no hubo violencia ni intimidación, elementos necesarios para catalogar los hechos de esa manera, así lo informó el diario El País, que tuvo acceso a la sentencia.
El tribunal, no obstante, admitió que se trató de un crimen “extremadamente intenso y especialmente denigrante”, pero aclararon que los autores “pudieron realizar los actos sin usar ningún tipo de violencia o intimidación para vencer una oposición que no existía”.
LA DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA
Durante el juicio, realizado el pasado mes de julio, la adolescente de 14 años manifestó recordar solo parte de lo ocurrido, sin embargo, acusó a uno de los autores, Bryan Andrés, de haber empezado las violaciones “por turnos de 15 minutos” y de haberla violado mientras la apuntaba con una pistola. Otro de los implicados, Marco Antonio, también tenía un arma, de acuerdo con la versión de la menor.
La joven también reveló que fue obligada a realizarle sexo oral a dos de los autores: Bryan Andrés y Maikel Pascual, pues ambos “se pasaban la pistola” y se sintió intimidada. Estos datos, no obstante, no fueron contemplados por el Tribunal como hechos probados, debido a que la víctima solo recuerda parte de lo sucedido.
"Ha quedado acreditado que la víctima, mientras que se producían los hechos, y desde el momento antes hasta horas después de lo sucedido, se encontraba en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía, y, consecuentemente, sin poder determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales que con ella mantuvieron la mayor parte de los procesados, los cuales pudieron realizar los actos sexuales sin utilizar ningún tipo de violencia o intimidación (...). Se está ante la hipótesis que considera abusos sexuales no consentidos, aunque en este caso el consentimiento sería irrelevante atendiendo a la edad de la víctima", se lee en la sentencia.
LA SOLICITUD DE LA FISCALÍA
En la última sesión del controvertido juicio, la Fiscalía elevó la petición de pena para los seis acusados, de entre 10 y 12 años de cárcel a 14 y 15 años por agresión sexual. El fiscal consideró que los autores actuaron de forma organizada y que aprovecharon su superioridad numérica para intimidar a la víctima.
Esto no fue aceptado por los magistrados del Tribunal, quienes precisaron en sus conclusiones que “no se aportaron elementos que justificaran mutar los abusos en agresión sexual”.
LA SENTENCIA
Es así que el Tribunal ha impuesto para los principales acusados: Bryan Andrés y Maikel Pascual la pena de 12 años de prisión efectiva. En el caso de Daniel David Rodríguez, Yordanis de Jesús Campo y Walter Diego Claudio, los magistrados han decidido condenarlos a 10 años por el delito de abuso sexual.
Otro joven que había sido acusado ha sido absuelto, debido a que no quedó acreditada su participación en el delito. De acuerdo con la Fiscalía, este “solo se masturbó mientras miraba cómo los demás violaban a la chica”, mas no participó directamente en la violación. En su caso, no se le ha condenado por el delito de omisión de impedir un delito. Finalmente, la víctima deberá recibir el monto de 12 000 euros como indemnización de forma “conjunta y solidaria”.
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