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"Exceso de violencia": El caso por el que un hombre fue condenado a 5,130 años de prisión

Santos López Alonzo, quien fue encontrado culpable de participar en la masacre de 171 personas en una comunidad de Guatemala en diciembre de 1982
Santos López Alonzo, quien fue encontrado culpable de participar en la masacre de 171 personas en una comunidad de Guatemala en diciembre de 1982 | Fuente: AFP

El tribunal consideró que Santos López Alonzo cometió los delitos de asesinato y lesa humanidad con "premeditación", "exceso de violencia" y "ensañamiento".

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Un Tribunal de Guatemala condenó a 5.160 años de prisión al militar retirado Santos López Alonzo, quien fue encontrado culpable de participar en la masacre de 171 personas en la comunidad de Dos Erres en diciembre de 1982. El tribunal, presidido por el juez Elvis David Hernández, declaró por unanimidad que López Alonzo fue responsable del asesinato de 171 personas -de las 201 que le imputaba la Fiscalía inicialmente- y por ende le impuso 30 años por cada víctima (5.130), además de otros 30 por delitos de lesa humanidad.

Según el fallo de este miércoles, como parte de la guerra interna (1960-1996), un comando integrado por 40 kaibiles (fuerza elite militar) llegó a Dos Erres, en el municipio de La Libertad, en busca de 22 fusiles de asalto que les había robado la guerrilla meses atrás. Entre el 4 y el 6 de diciembre de 1982, la comunidad fue custodiada por los kaibiles, que violaron a las mujeres y asesinaron a niños, hombres y ancianos, a quienes llevaron a un pozo en construcción para lanzarlos al fondo después de golpearlos en la cabeza con una maza (almádena).

Exceso de violencia y ensañamiento

A unos días de que se cumpla el aniversario de esta masacre, el Tribunal leyó la sentencia por los delitos de asesinato y lesa humanidad, y aseguró que el militar actuó con "alevosía", "premeditación", "exceso de violencia" y "ensañamiento". Santos López, quien según el fallo cooperó con sus compañeros de unidad para exterminar esta aldea y formó parte de esa patrulla especial, fue enviado a juicio en abril de 2017, luego de que fuera deportado de Estados Unidos en agosto de 2016, debido a una orden de captura internacional en su contra que databa de 1999.

El Tribunal, que fijó la audiencia de reparación digna para el 23 de noviembre, lo absolvió del delito de supresión, alteración del estado civil de un menor y delitos de lesa humanidad contra Ramiro Antonio Osorio Cristales. Un niño de entonces 5 años secuestrado tras el asesinato de toda su familia y al que luego le cambiaron el nombre a Ramiro Fernando López García, para ser adoptado por el militar, dándole un trato denigrante en su crecimiento, de acuerdo con la acusación.

El proceso

La matanza de las "Dos Erres" es una de las 669 que quedaron documentadas en el informe "Memorias del Silencio", que elaboró la Comisión del Esclarecimiento Histórico (CEH) y que dio a conocer en 1999. Los tres jueces, que reconocieron y validaron los hechos narrados por Ramiro, señalaron que no es posible enmarcarlos en el delito de deberes de lesa humanidad y que no está claro el tiempo de actuación.

En agosto de 2011, el Tribunal Primero de Alto Riesgo condenó a 6.060 años de prisión a Manuel Pop, Reyes Collin Gualip y Daniel Martínez Hernández, exmiembros de la Escuela de Kaibiles por los delitos de asesinato y deberes contra la humanidad. Mientras que el exteniente Carlos Carías fue sentenciado a 6 066 años de cárcel por esos dos delitos y el de hurto agravado.

EFE

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