En su Facebook Oficial, Orquesta Adolescentes denunció que los músicos expulsados por Migraciones opera en distintos países como Ecuador, Perú y Colombia.
Tras conocerse la noticia de la expulsión de Los Adolescentes de Venezuela del Perú por 15 años luego de ingresar irregularmente al país, la Orquesta Adolescentes ha denunciado en su Facebook oficial que se trata de impostores.
"Esta red llamada Adolescentes 'de Venezuela' opera en distintos países como Ecuador, Perú, Colombia, México... han llegado al límite sin importarles el daño causado a la cultura musical venezolana, la cual merece máximo respeto", dice el comunicado de Orquesta Adolescentes.
Orquesta Adolescentes incluso calificó que este caso es "producto de la piratería".
"No nos alegramos por estas situaciones, sin embargo, debemos aclarar públicamente, para la tranquilidad de nuestros seguidores, que los que fueron arrestados y deportados del Perú son imitadores, son falsos", continúa el comunicado.
"Los buenos somos más. Pero los que restan nos salpican y a veces nos hacen pagar por igual ante la crítica de nuestros hermanos a nivel mundial".
¿QUÉ PASÓ CON LOS EXPULSADOS?
Los artistas integrantes de Los Adolescentes de Venezuela fueron intervenidos en el Puesto de Verificación Migratoria de Carpitas, ubicado a 113 kilómetros del límite fronterizo, cuando se dirigían a Piura, para realizar una gira musical por varias ciudades del norte, como parte de las celebraciones de Halloween, este 31 de octubre.
De acuerdo con Migraciones, Keiser Mendoza y Mauro Valero ingresaron al país de manera clandestina, lo que llevó a que se le aplicaran el artículo 58°, inciso b, de la Ley de Migraciones que establece la expulsión.
El otro integrante de la agrupación, Reymer Sanguino permaneció más días de lo permitido en nuestro país. "Él ingresó al Perú en calidad de turista a través del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez el pasado 22 de mayo, con una autorización de permanencia de 60 días, excediendo este permiso en 157 días", establece el comunicado de Migraciones.
Asimismo, esta persona realizaba actividades ajenas a su calidad migratoria, dado que para los músicos extranjeros corresponde la visa de Artista, como estipula el artículo 29, inciso b, de la Ley de Migraciones.
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