El abogado del Estado Juan Carlos Portocarrero explicó que al dirigente del Valle del Tambo se le atribuye en principio los delitos de extorsión y asociación ilícita para delinquir.
El procurador en asuntos de orden público del Ministerio del Interior, Juan Carlos Portocarrero, explicó que la detención preliminar de 24 horas dispuesta por el Poder Judicial en contra del ciudadano Pepe Julio Gutiérrez Zevallos podría ampliarse a siete días e incluso hasta nueve meses.
El abogado del Estado explicó que al dirigente del Valle del Tambo se le atribuye en principio los delitos de extorsión y asociación ilícita para delinquir, en razón de que sería protagonista de unos audios en los que se le escucha negociar el fin de las protestas contra el proyecto minero Tía María a cambio de dinero.
Añadió que el caso se encuentra en una etapa preliminar, en la que el Ministerio Público determinará las acciones procesales, como toma de declaraciones y las pericias pertinentes.
“Una prisión preventiva se puede convalidar hasta con siete días, y si el Ministerio Público posteriormente estima que existen elementos para solicitar otra ampliación, la detención preventiva podría extenderse hasta nueve meses”, explicó.
El procurador Portocarrero explicó que este es un caso que se inicia con una denuncia por bloqueo de carreteras, a la que se amplió después los casos de disturbios, de resistencia a la autoridad, peculado (por uso de vehículos de municipios) y el tema de los audios de Pepe Julio Gutiérrez.
Añadió también que para la procuraduría a su cargo hay también presunta responsabilidad por los heridos y muertes, entre estas últimas la del suboficial brigadier de la Policía Alberto Vásquez Durand, razón por la cual ha planteado una coautoría de estos hechos para los que han promovido las manifestaciones violentas.
“Esto no es novedad; en nuestro ordenamiento legal y judicial existen sendas resoluciones que hablan de distintos niveles de participación, una cosa es la ejecución y otra cosa es la dirección. Nosotros hemos planteado una coautoría en este accionar”, aseveró.
Refirió que el accionar de los dirigentes “tendrá que ser evaluado dentro de lo que es la autoría mediata, que es un sustento doctrinal que es recogido no solamente de esta data sino de antiguas resoluciones judiciales”, y citó como ejemplo el caso del expresidente Alberto Fujimori, sentenciado por los casos Barrios Altos y La Cantuta.
Sobre la muerte del suboficial y otros hechos de violencia, el procurador Portocarrero consideró que hay un mismo nivel de responsabilidad, una misma voluntad delictiva y un mismo accionar que se ha apreciado en los más de 50 días, en los que ha habido lesiones y muertes.
“Y obviamente con respecto al personal policial hay una figura agravada que debe alcanzar no solamente a los ejecutores sino también a las cabezas de la organización”, subrayó.
Andina
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