Se trata del proyecto de reglamento de una normativa que establece que el uso de los símbolos patrios, estatales y emblemas nacionales sea exclusivo de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y las instituciones estatales.
El Ministerio de Defensa (Mindef) puso en consulta pública el proyecto del reglamento de la Ley 32251, una normativa que unifica y armoniza la regulación de los símbolos de la patria, símbolos del Estado y emblemas nacionales, con el objetivo de que solo puedan ser usados con fines oficiales, protocolares, educativos o institucionales.
Entre los elementos regulados, se encuentran la bandera, el escudo, el pabellón nacional, la banda presidencial, la bandera de guerra, el gran sello del Estado y el escudo de armas, por lo cual su uso será exclusivo de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, los órganos constitucionalmente autónomos, las empresas estatales y las instituciones educativas públicas y privadas, según corresponda.
El artículo 53 del proyecto del reglamento, elaborado por el Comité Intersectorial para el Fortalecimiento de Identidad Nacional, establece que el uso de los símbolos del Estado está prohibido en los contextos de publicidad comercial, promociones o campañas, logotipos, marcas, emblemas institucionales privados, envases, etiquetas, embalajes y otros soportes de bienes o servicios, así como en cualquier otro fin lucrativo o ideológico.
En consecuencia, se señala que no podrán usar estos símbolos las personas jurídicas de derecho privado, las personas naturales, los partidos políticos, las organizaciones civiles, gremiales, empresariales, religiosas o de otra índole no estatal.

Capítulo VIII referido al uso de los símbolos del Estado. Fuente: Gob.pe
Uso incorrecto de símbolos patrios se sancionará
Asimismo, el artículo 85 precisa que el uso incorrecto, irrespetuoso, alterado o no autorizado de los símbolos patrios constituye una infracción administrativa sancionable, por lo que las municipalidades deberán incorporar estas en infracciones en su cuadro de infracciones.
Las sanciones serán impuestas mediante resolución administrativa, incluyendo multas según la gravedad de la infracción, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que correspondan a la Fiscalía de la Nación, el Ministerio Público y a la Procuraduría Pública del Ministerio de Defensa.
Además del uso de los símbolos patrios, el documento – en su artículo 47 – indica que los medios de comunicación están obligados a transmitir diariamente el himno nacional en dos horarios fijos: 8:00 a.m. y 6:00 p.m.
Este proyecto de reglamento fue publicado el jueves 10 de julio y solo podrá recibir comentarios hasta el viernes 25, días antes de las celebraciones por Fiestas Patrias.
Mientras tanto, en el emporio comercial de Gamarra, en La Victoria, se ofertan prendas alusivas a los símbolos patrios desde S/ 16, según pudo conocer RPP.