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Fernando Calle: TC habría sido sorprendido por demanda de deuda agraria

Referencial/USI RPP
Referencial/USI RPP

Al ser consultado respecto a si podría hacer volver a foja cero la resolución ejecutoria que ordena el pago de los bonos de la reforma agraria, dijo que podría darse esta situación.

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El Tribunal Constitucional (TC) habría sido sorprendido por la demanda de ejecución del pago de la deuda agraria, presentada a nombre del Colegio de Ingenieros del Perú, opinó este jueves Fernando Calle, saliente magistrado de esa entidad.

Comentó así la revelación que formuló en la víspera el decano del Colegio de Ingenieros del Perú (CIP), Carlos Herrera, a la Agencia Andina en el sentido que ese gremio profesional no presentó la demanda de manera institucional, sino que lo hizo una persona que usó el nombre del colegio.

“Quiero pensar que ha sido sorprendido el tribunal y tiene que responder. Supongo que ya estarán denunciados los que se apersonaron a nombre del colegio (…) Yo desde un inicio no le di legitimidad a ello y por eso mi voto (en contra) fue en ese sentido”, expresó en Radio Nacional.

Al ser consultado respecto a si este hecho podría hacer volver a foja cero la resolución ejecutoria que ordena el pago de los bonos de la reforma agraria, Calle dijo que, si bien el TC no puede anular sentencias, se ha visto que “muchas veces estas sí se han anulado”.

No obstante, indicó que ello es algo que le compete resolver a quienes han elaborado la resolución ejecutoria en mayoría, la cual dispone honrar la deuda de los bonos de la reforma agraria, heredada del régimen velasquista, hace 44 años.

“Ellos son los que tienen que absolver, si se ha presentado alguna nulidad o algo dentro del plazo de ley (…) Supongo que se habrá presentado bajo la sola sospecha, para que no pase el término de ley para presentar recién alguna documentación”, anotó.

Tras explicar que los colegios profesionales sí están facultados para presentar acciones constitucionales, el saliente magistrado expresó su preocupación por el que podría ser el desenlace de esta resolución ejecutoria, a raíz de lo revelado por Herrera Descalzi.

“El que tiene el documento es el que cobra; y el acreedor el que exige. Pero si dicen (en el CIP) que no tenían siquiera la representación de los bonistas ni la personería de quienes han acudido (al tribunal), son palabras mayores”, reconoció Calle.

Según Carlos Herrera Descalzi, la demanda de ejecución de la sentencia de bonos agrarios fue presentada ante el Tribunal Constitucional (TC) sin un acuerdo interno del Colegio de Ingenieros del Perú (CIP), lo que -a su juicio- “se trata de una irregularidad”.

“Una petición de esa naturaleza sólo pudo haberse tomado mediante acuerdo asentado en las actas del consejo nacional y del congreso de consejos departamentales, máxima autoridad del colectivo. En los libros no encontramos ningún acuerdo al respecto”, declaró Herrera a Andina.

Dijo, en ese sentido, que la demanda no fue una iniciativa del CIP, sino de una persona que usó el nombre del gremio. “Si me guío por lo que dicen los libros, no hay ningún acuerdo al respecto, no hubo una voluntad del colegio, sino de una persona”, aseveró.

ANDINA

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