¿Se quedan fuera? JEE alerta errores en listas de candidatos presidenciales y al Congreso para las Elecciones 2026

La etapa de calificación del JEE evidencia el rol de control del sistema electoral para garantizar que solo participen listas que cumplan plenamente con los requisitos legales.
La etapa de calificación del JEE evidencia el rol de control del sistema electoral para garantizar que solo participen listas que cumplan plenamente con los requisitos legales. | Fuente: Jurado Nacional de Elecciones.

A pocos meses de las Elecciones Generales 2026, varias organizaciones políticas llegaron con expedientes incompletos y errores en declaraciones juradas de los candidatos. Aquí te contamos todos los detalles.

El plazo para solicitar la inscripción de candidaturas para las elecciones generales 2026 venció el 23 de diciembre. Sin embargo, un grupo de las listas a la Presidencia y Congreso presentaron distintos errores: Los Jurados Electorales Especiales (JEE) Lima Centro 1 y Lima Centro 2 declararon inadmisibles distintas postulaciones en las organizaciones políticas, debido a incumplimientos básicos en la documentación obligatoria. Las observaciones revelan inexistencia o ausencia de actas de elecciones primarias, documentos con fechas incorrectas, paridad no cumplida, postulantes con doble candidatura, firmas y huellas fuera de norma, e incluso planes de gobierno incompletos. 

Se trata de partidos políticos que aspiran a gobernar el país, pero que no logran completar correctamente los datos básicos de este hito electoral tan importante. Desde las instituciones del sistema electoral se ha señalado que tendrán dos días como máximo para subsanar los errores y continuar el proceso del trámite. 

Listas de planchas presidenciales observadas

1) Avanza País: El JEE Lima Centro 1 observó que los documentos que sustentaban la renuncia de candidatos que aparecían en el acta de primarias no fueron presentados, generando dudas sobre la conformación legal de la fórmula presidencial. Además, respecto al candidato José Williams, se presentó una declaración jurada incompleta, omitiendo consignar el cargo al que postulaba. La agrupación política tuvo dos días de plazo para subsanar  desde la notificación del error y al cierre de este informe, la agrupación política cumplió con adjuntar la corrección.

“La organización política ha omitido presentar los documentos y/o escritos de renuncias que amparan el Acta presentada ante este Jurado Electoral Especial”, se señala en el documento del JEE


2) Partido Demócrata Verde: El JEE Lima Centro 1 declaró inadmisible la fórmula presidencial tras detectar que los tres integrantes de la plancha, Alex Gonzales como candidato a la presidencia, Maritza Sánchez y Félix Murazzo como candidatos a la vicepresidencia, no habían marcado el cargo al que postulaban en sus declaraciones juradas de consentimiento:

“No se prevé que los candidatos no hayan marcado la opción de consentimiento a su participación como candidato en la fórmula.”

La agrupación política tuvo dos días de plazo para subsanar desde la notificación del error. El partido presentó nuevamente los formatos corregidos, señalando expresamente la casilla de la candidatura presidencial.


3) Alianza electoral Unidad Nacional:  Entre las observaciones del JEE Lima Centro 2 presentadas por el partido del candidato presidencial Roberto Chiabra se encuentran: Falta de actas firmes que acrediten la elección interna, omisión de declaraciones juradas obligatorias y doble postulación: “No se acredita el cumplimiento de los requisitos básicos que dan validez al proceso interno de selección de la plancha presidencial”, se señala en el documento.


4) Libertad Popular: El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 declaró inadmisible la fórmula presidencial de Libertad Popular, cuyo candidato es Rafael Belaúnde, al detectar que el partido omitió información obligatoria en el Formato Resumen del Plan de Gobierno, un documento que es publicado al admitir la inscripción y que forma parte de la información al elector.

Según la Resolución N.° 08759-2025-JEE-LIC1/JNE, notificada el 23 de diciembre, el resumen presentado no incluía el diagnóstico de problemas del país en áreas sociales y económicas, pese a estar exigido por el Reglamento.“El Formato Resumen del Plan de Gobierno presenta la siguiente falencia:
Se ha omitido consignar el resumen de los siguientes problemas identificados por la fórmula presidencial y propuestos en su Plan de Gobierno”



Documento de subsanación de errores de la agrupación política Avanza País.
Documento de subsanación de errores de la agrupación política Avanza País. | Fuente: Jurado Nacional de Elecciones
Las listas de las planchas presidenciales de Williams Zapata, Álex González, Roberto Chiabra y Rafael Belaúnde fueron observadas.
Las listas de las planchas presidenciales de Williams Zapata, Álex González, Roberto Chiabra y Rafael Belaúnde fueron observadas. | Fuente: Jurado Nacional de Elecciones

Listas de candidatos al Senado observadas:

Perú Acción: El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 declaró inadmisible la lista de candidatos al Senado presentada por el partido Perú Acción para la circunscripción de peruanos residentes en el extranjero, tras identificar tres observaciones vinculadas a la validez de la documentación presentada y al cumplimiento del Reglamento de Inscripción.

La resolución —N.° 00050-2025-JEE-LIC2/JNE, notificada el 25 de diciembre de 2025— señala que los documentos entregados no acreditan plenamente la legalidad del proceso interno ni el cumplimiento de los requisitos mínimos de inscripción.

Las observaciones se centran en el acta de elecciones primarias y en las declaraciones juradas de hoja de vida de los candidatos Liliana Adela Espinoza Vega y Juan Ruperto Peredo Ocampo. 

El órgano electoral otorgó a Perú Acción un plazo de dos días calendario para corregir y presentar nuevamente los documentos: “Bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de la solicitud de inscripción en caso de incumplimiento.”

Libertad Popular: A la observación inicial que recibió Libertad Popular por inconsistencias en el Formato Resumen del Plan de Gobierno de su fórmula presidencial, ahora se suma una nueva inadmisibilidad: su lista de candidatos al Parlamento Andino también fue observada por el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2.

Según la Resolución N.° 00035-2025-JEE-LIC2/JNE, notificada el 24 de diciembre, 10 postulantes presentan errores que deben ser corregidos en un plazo de dos días calendario para evitar quedar fuera de carrera.

Los candidatos Jheremy Aldair Reyes Livia y Karina Blanco Ñaupa no cumplen la fecha límite de afiliación exigida por ley.

Las declaraciones juradas de: Wendy S. Quispe Hoyos, Rosa E. Ágreda Verme, Reyna León Salvatierra, Marco A. Haro Cabello, Lourdes J. Espinoza Camarena, Richar C. Barrientos Ventura y Danilo Z. López Chahua no consignan datos personales. El candidato Carlos Gustavo Aragón Chávez declara que trabaja en Essalud como fisioterapeuta, al ser funcionario público, debió adjuntar: Solicitud de licencia sin goce de haber exigida 60 días antes de la elección, según indica la institución. 

El JEE otorgó dos días calendario para corregir: “Bajo apercibimiento de declararse la improcedencia de la solicitud de inscripción respecto de dichos candidatos.”

Podemos Perú: El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 declaró inadmisible la lista de candidatos al Senado presentada por Podemos Perú, tras detectar una omisión en la documentación de los tres primeros postulantes de la nómina.

La resolución —N.° 00032-2025-JEE-LIC2/JNE, emitida el 24 de diciembre— señala que los candidatos José León Luna Gálvez (posición 1), Jaqueline García Rodríguez (posición 2) y Raúl Martín Noblecilla Olaechea (posición 3) no adjuntaron el Anexo 11 correspondiente al Senado, es decir, la declaración jurada de consentimiento de participación y de veracidad de su hoja de vida para este cargo.

El JEE otorgó dos días calendario para subsanar: “Bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de la solicitud de inscripción."



Unidad Nacional: El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 declaró inadmisible la lista de candidatos al Senado presentada por Unidad Nacional, alianza liderada por el congresista Roberto Chiabra, debido a múltiples errores formales en los documentos entregados para la inscripción.

Según la Resolución N.° 00020-2025-JEE-LIC2/JNE, notificada el 23 de diciembre de 2025, la agrupación no presentó el acta de conformación de la lista resultante de las elecciones primarias, documento obligatorio que acredita la legalidad del proceso interno: “No se adjunta el acta de conformación de la lista de candidatos resultante de las elecciones primarias; por consiguiente, debe presentar la misma.”, se señala en el documento al que accedió El poder en tus manos de RPP.

Además, el partido presentó solo el acta de designación para peruanos residentes en el extranjero, y no aquella a nivel nacional, impedimento clave para corroborar que se respete la cuota de candidatos designados permitida por ley: “Debe presentar el acta general de candidatos designados a nivel nacional para corroborar el cumplimiento del porcentaje permitido por la norma.”

El JEE le otorgó dos días calendario desde la notificación: “Bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de la solicitud de inscripción.”

Renovación Popular: El JEE declaró inadmisible la inscripción de la lista al Senado del partido del candidato presidencial Rafael López Aliaga. Entre los principales problemas detectados se encontraron:

  • Fechas inconsistentes entre la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) y la declaración de consentimiento (7 candidatos).

  • Sentencia por peculado con expediente incompleto que impide verificación (caso Absalón Vásquez).

  • Funcionarios públicos sin presentar licencia sin goce de haber exigida por norma.

  • Declaraciones de consentimiento incompletas o mal formuladas.

El colegiado concluyó que la organización deberá corregir todos los extremos observados para continuar en carrera. Se otorgó el plazo legal de dos días calendario para la subsanación.


Fuerza Popular: En la circunscripción de peruanos en el extranjero, el JEE observó que el partido de la candidata presidencial Keiko Fujimori no presentó las actas de designación directa que justifiquen la ubicación de los candidatos en la lista, requisito obligatorio para validar que no se exceda el límite del 20% de designados por agrupación.

El partido presentó su descargo dentro del plazo, adjuntando:

  • Actas de designación de todas las circunscripciones senatoriales (11 regiones y distrito único nacional).

  • Registro oficial de ONPE que acredita la participación en primarias.

Fuerza Popular solicitó que con esta documentación se admita su lista para continuar en competencia.


Alianza para el progreso: APP también enfrentó una declaración de inadmisibilidad por parte del JEE. El problema se centró en su candidato número 1 al Senado: César Acuña Peralta, debido a:

  • Falta de la declaración jurada que acredita su participación y la veracidad de su DJHV.

  • El único documento presentado por Acuña correspondía a otra elección, lo que generó dudas sobre la simultaneidad de candidaturas.

El partido alegó que se trató de un error del sistema Declara+, relacionado a la dualidad de postulación (Senado y fórmula presidencial), y adjuntó nuevamente el Anexo 11 para subsanar la observación.

El próximo Congreso peruano estará conformado por una cámara de 60 senadores y otra cámara de 130 diputados.
El próximo Congreso peruano estará conformado por una cámara de 60 senadores y otra cámara de 130 diputados. | Fuente: Agencia Andina

Listas de candidatos al Parlamento Andino observadas:

Podemos Perú: El partido Podemos Perú también fue observado por el JEE Lima Centro 2 en la inscripción de su lista para representantes ante el Parlamento Andino. Las inconsistencias detectadas tienen que ver con el resgistro de la candidata Olga Ruelas: no presentó la declaración jurada obligatoria.

Además, según el documento del JEE al que accedió El poder en tus manos, el candidato Gonzalo Morocho Machacuay  declaró experiencia laboral en una municipalidad sin presentar el cargo de solicitud de licencia exigido por ley para postular. Debido a estas observaciones, el JEE declaró la lista inadmisible, otorgando dos días para corregir los errores bajo apercibimiento de improcedencia.


El Partido País para Todos también presentó una declaratoria de inadmisibilidad en la inscripción de su lista para representantes peruanos ante el Parlamento Andino, debido a deficiencias en la documentación de sus postulantes.

El JEE Lima Centro 2 identificó al menos ocho candidatos con problemas que van desde declaraciones juradas incompletas hasta afiliaciones partidarias sin sustento documentado:

Principales observaciones:

Postulante
Motivo
Eleodoro Rodolfo Garbozo Gonzales 
Está afiliado a Somos Perú y no presentó la autorización para postular por otro partido
Waldir Milan Espirilla Sicos 
Falta huella dactilar, firma y fecha válida
Melissa Karin La Rosa Ávila 
Información faltante más firma y huella
Patricia Castro Quispe 
No cumple con requisitos esenciales
Víctor Ángel Tineo Santa María 
Sin firma ni huella registrados
Iris Judith Díaz Atencia 
Declara ser docente activa sin presentar licencia laboral
Yamile Reyes Tenorio 
Falta información obligatoria y biometría
Ingrid Salomé Tenorio Huamaní (
Documento sin validar correctamente

El JEE otorgó dos días calendario para corregir las observaciones, con advertencia de declarar improcedente la solicitud si no se subsana en su totalidad.


Partido Patriótico del Perú:  Según la resolución del JEE, la agrupación no presentó de forma correcta el acta de designación directa. Este documento —que debe acreditar el mecanismo interno para la inclusión de postulantes sin primarias— no contiene los nombres completos ni los números de DNI de los candidatos designados. Es decir, el partido no ha demostrado cómo y por qué fueron elegidos quienes ocupan esas posiciones estratégicas en la lista.

A este problema estructural se suman observaciones individuales a varios postulantes. La candidata Isabel Paiva Zárate, quien encabeza la lista ocupando el puesto número 1, declaró ser trabajadora municipal en Magdalena, pero no acreditó la licencia sin goce de haber que la ley exige a todos los funcionarios públicos que deciden postular. Lo mismo ocurre con Fabiola Vásquez Carmona, quien continúa como docente del sector público y tampoco ha sustentado este documento.

Otros casos revelan omisiones documentarias que afectan la verificación de requisitos legales involucran al candidato Edgardo Milciades Navarro y Pedro Ángel Bautista Bermúdez. Por todos estos motivos, el JEE otorgó un plazo de dos días calendario para que la agrupación subsanara todos los extremos observados, bajo apercibimiento de declarar la improcedencia definitiva de la lista al Parlamento Andino.

Renovación Popular:   El Partido Renovación Popular busca revertir la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 que declaró inadmisible la inscripción de su lista al Parlamento Andino. Mediante un escrito de subsanación presentado el 24 de diciembre de 2025, el partido asegura haber cumplido con todos los requisitos exigidos y solicita que la lista sea finalmente admitida e inscrita.

La resolución publicada el 23 de diciembre detectó presuntas incompatibilidades laborales y falta de documentación en nueve postulantes. El JEE otorgó un plazo de dos días calendario para corregir la información, plazo que la agrupación afirma haber cumplido rigurosamente.

El Jurado Electoral Especial detectó que nueve candidatos podrían estar afectados por impedimentos para postular debido a vínculos laborales con el Estado o falta de acreditación documental:

  • Ausencia de licencias sin goce de haber en funcionarios municipales

  • Renuncias laborales sin sello de cargo

  • Vínculos contractuales que el JEE consideró sujetos a impedimentos

Renovación Popular sostiene que varios de esos candidatos no están sujetos a la obligación de licencia, ya sea por ser docentes o por trabajar bajo locación de servicios.

Fuerza Popular: El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 admitió a trámite la lista de candidatos de Fuerza Popular al Parlamento Andino luego de que el partido corrigiera la observación que motivó la inadmisibilidad inicial de su inscripción.

La primera resolución, publicada el 22 de diciembre,  había detectado que el candidato Lelis Choque Nuñez no acreditó su desvinculación laboral del sector público, lo que podría generar incompatibilidades. En su hoja de vida consignó ser docente en una institución educativa estatal, por lo que debía demostrar que ya no se encontraba ejerciendo el cargo o que cumplía con la exigencia electoral.

Dentro del plazo legal de dos días, el partido presentó un escrito de subsanación adjuntando una resolución directoral regional, emitida por la Dirección Regional de Educación de Moquegua, que establece que el vínculo contractual del postulante concluye el 31 de diciembre de 2025. Con ello, se demuestra que para la fecha de la elección no mantendrá una relación activa con el Estado.

El JEE consideró válido el documento y dio por subsanada la observación. En consecuencia, ordenó la admisión y publicación de la lista completa del partido de Keiko Fujimori, integrada por 16 postulantes.

JEE evalúan candidaturas rumbo a las Elecciones 2026: “Muchos partidos están subsanando temas de forma”

Tras el cierre del plazo para solicitar la inscripción de candidaturas, las organizaciones políticas ingresaron a una etapa crucial del proceso electoral: la calificación de sus listas. La subsecretaria de la Asociación Civil Transparencia, Pilar Biggio, explicó a El Poder en tus Manos cuáles son los filtros que están aplicando los Jurados Electorales Especiales (JEE). “Los jurados electorales especiales van a evaluar si cumplen con las cuotas de paridad y género, que estén completas las hojas de vida, que el partido haya subido sus planes de gobierno, que los candidatos no tengan impedimentos o inhabilitaciones”, detalló Biggio.

Pilar Biggio precisó que en los últimos días se han registrado numerosos requerimientos de subsanación: “Muchos partidos están subsanando, básicamente, temas de forma: corrigiendo formatos, completando información obligatoria que no pusieron. Son cosas que el JEE necesita para poder empezar con la evaluación de todas las listas y las fórmulas presentadas”.

La revisión de los expedientes ingresados no será indefinida. Biggio remarca un hito del calendario electoral: “Los JEE tienen hasta el 11 de febrero para publicar las candidaturas admitidas. Y el 11 de febrero también es otra fecha importante porque es la fecha máxima para que los candidatos que se han arrepentido renuncien”. Hasta ese día, los Jurados deberán confirmar quiénes quedan oficialmente en carrera.


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