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ONPE aprueba nuevas restricciones al financiamiento de partidos políticos. ¿Cuáles son?

ONPE introduce candatos al financiamiento de partidos: ¿A quiénes ya no podrán contratar las agrupaciones para las capacitaciones?
ONPE introduce candatos al financiamiento de partidos: ¿A quiénes ya no podrán contratar las agrupaciones para las capacitaciones? | Fuente: RPP

La ONPE realizó cambios en el reglamento de financiamiento de partidos e incorporó nuevos requisitos para agencias de medios, influencers y creadores de contenido en la franja electoral, en el marco de las próximas elecciones. Conoce aquí los detalles.

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La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó modificaciones al reglamento que regula el financiamiento de los partidos políticos. Los cambios incluyen nuevas restricciones para la contratación de capacitadores con fondos públicos y la incorporación de influencers y creadores de contenido como proveedores de la franja electoral digital.

Mediante la Resolución Jefatural N.° 000137-2025-JN/ONPE, la entidad introdujo ajustes en 30 artículos del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios. El objetivo, según la propia ONPE, es “fortalecer la transparencia, modernizar la franja electoral y optimizar el control de los recursos públicos asignados a las organizaciones políticas con representación en el Parlamento”.

Candados a la hora de contratar con fondos públicos

Según el nuevo reglamento, las organizaciones políticas ya no podrán contratar con fondos del financiamiento público a directivos, representantes, afiliados y no afiliados que tengan sentencia consentida o ejecutoriada por delitos vinculados al financiamiento de organizaciones políticas y por falsa declaración sobre aportaciones, ingresos y gastos de organizaciones políticas en agravio de la ONPE.

Con esta modificación, la ONPE amplía las restricciones al uso del financiamiento público. Antes, la prohibición se limitaba a contratar personal permanente para el funcionamiento ordinario de los partidos, así como a personas con sentencia firme o prisión preventiva por delitos como corrupción, narcotráfico, minería y tala ilegal, trata de personas, lavado de activos, terrorismo o crimen organizado, restricción que se extiende hasta la aplicación de la rehabilitación establecida en el artículo 69 del Código Penal. 

En cuanto a la contratación de empresas para actividades de formación, capacitación, investigación o difusión, la ONPE precisó que la prohibición solo aplica cuando estas estén vinculadas a los directivos del partido en calidad de socios, accionistas o representantes legales.

Además, dispuso que las organizaciones políticas que reciben financiamiento público directo (FPD) presenten un informe anual sobre el uso de estos recursos.

La entidad también precisó que el dinero del FPD se deposita en una cuenta bancaria exclusiva para cada partido. Esta no puede emplearse para recibir aportes privados, de campaña u otros conceptos, y su administración recae en el tesorero y el representante legal de la organización política.

Es preciso señalar que, según lo aprobado, los recursos públicos que reciben las organizaciones políticas no podrán utilizarse para financiar propaganda o campañas electorales en medios de comunicación, ni para promover o difundir la imagen de una o varias personas vinculadas a la organización, ni para solventar campañas a favor o en contra de candidatos durante los procesos de democracia interna.

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Sobre la franja electoral

La ONPE también modificó artículos relacionados con la franja electoral, que ahora se moderniza con la inclusión de publicidad en redes sociales. Este espacio, financiado por el Estado, permite a las organizaciones políticas difundir sus planes de gobierno y propaganda electoral.

Según la ONPE, el término “medios digitales” incluye tanto a las empresas que compran espacios publicitarios en plataformas digitales (agencias de medios) como a quienes generan contenido propio para estas (creadores de contenido, influencers o similares), utilizando formatos como videos, shorts o reels.

Para las Elecciones Generales 2026 y sus elecciones primarias, la norma establece requisitos específicos para que estos proveedores puedan participar en la franja electoral digital puedan participar como proveedores de redes sociales en la franja electoral. 

Por ejemplo, un influencer deberá acreditar que su cuenta tiene al menos un año de antigüedad, 100 mil seguidores y un nivel mínimo de interacción. En Facebook e Instagram, se exige un involucramiento (engagement) de al menos 1.3 % en los últimos 30 días, mientras que en YouTube, se requerirá un promedio mínimo de 10,000 visualizaciones por video en el mismo periodo.

En paralelo, las agencias de medios que quieran participar deben presentar una declaración jurada acompañada de documentos que respalden su experiencia. Esto incluye acreditar al menos cuatro años en planificación, estrategia, compra y/o gestión de espacios publicitarios en plataformas digitales, así como una inversión mínima de 186 UIT (S/995,100) en publicidad digital durante ese mismo periodo.

ONPE detecta presunto mal uso del financiamiento público

En junio pasado, RPP informó que el partido político Perú Libre deberá devolver S/ 100,000 a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) por haber contratado de manera irregular un diplomado universitario, según un informe de fiscalización del organismo. Tras revisar el uso del dinero público que la agrupación recibió en el segundo semestre de 2024, la ONPE detectó que el contrato no cumplía con los requisitos legales. Además, el proveedor del diplomado resultó ser uno de los militantes del partido.

Asimismo, Luis Camino, subgerente de Verificación y Control de la ONPE, señaló que la institución había iniciado un proceso administrativo sancionador contra los partidos Podemos Perú, Renovación Popular y Fuerza Popular, tras detectar un presunto uso indebido de los recursos que reciben a través del Financiamiento Público Directo (FPD) entre julio y diciembre de 2024.

En el caso de Podemos Perú, la entidad observó que el partido suscribió un contrato con Accionee SAC para 11 actividades de capacitación por un total de S/ 650,399.99. Sin embargo, al contrastar la información con registros de la SUNAT y la SUNARP, se detectaron inconsistencias respecto al requisito de que el proveedor contara con al menos un año de experiencia.

Para Renovación Popular, la ONPE advirtió presuntas infracciones en la contratación del proveedor Asociación Cristiana de Asesores Políticos (ACAP), por un importe de S/ 82,320, correspondiente a servicios vinculados a conferencias de comunicación y estrategia política.

En tanto, el procedimiento sancionador contra Fuerza Popular se basa en la contratación de un programa de maestría en Gestión Pública en la Universidad Esan, por S/ 100,000, cuyo periodo va del 11 de noviembre de 2024 al 20 de febrero de 2027. Según la ONPE, esto constituiría una presunta infracción, ya que los fondos públicos se habrían utilizado para financiar un servicio que excede el periodo para el cual fueron otorgados (julio de 2024).

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