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César Landa: Por resolución de Corte IDH, Perú debe abstenerse de implementar sentencia del TC sobre Alberto Fujimori

El canciller de la República se pronunció tras la resolución de la Corte IDH.
El canciller de la República se pronunció tras la resolución de la Corte IDH. | Fuente: Andina

El canciller de la República dio cuenta sobre la resolución de la Corte IDH en la que se sostiene que el Tribunal Constitucional, en su fallo sobre Alberto Fujimori, no cumplió con lo ordenado previamente por el ente supranacional.

El ministro de Relaciones Exteriores, César Landa, señaló este viernes que Perú debe abstenerse de implementar la sentencia del Tribunal Constitucional que restituye el indulto al expresidente Alberto Fujimori, según lo establecido en la resolución emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

A través de un mensaje en su cuenta de Twitter, el canciller de la República se refirió a la resolución emitida hoy por la Corte IDH, en la que se dictó que el Tribunal Constitucional no cumplió con lo ordenado en cuanto a las condiciones determinadas sobre la supervisión de cumplimiento de sentencia del 30 de mayo de 2018.

Resolución de la Corte IDH

La Corte IDH resolvió que el Estado peruano debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional con la que quedaba restituido el indulto por razones humanitarias a Alberto Fujimori.

Esto en atención a la solicitud de medidas provisionales y supervisión del cumplimiento de sentencias sobre los casos Barrios Altos y La Cantuta que realizaron los familiares de las víctimas de esas matanzas.

En su resolución, el ente supranacional resolvió que se realice una supervisión específica al indulto “por razones humanitarias” concedido a Alberto Fujimori, mediante la supervisión de cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos de los casos Barrios Altos y La Cantuta.

Además, que el Estado peruano presente un informe sobre el cumplimiento de la obligación de “investigar, juzgar y sancionar en lo relativo a no ejecutar la sentencia dictada por el TC” ante la Corte IDH, a más tardar el 13 de mayo de 2022.

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