Los abogados penalistas Julio Rodríguez y Wilber Medina defendieron la ley de crimen organizado al considerar que sí permite los allanamientos y los registros con un abogado de oficio.
Judiciales
La Ley de crimen organizado se promulgó el 9 de agosto del presente año
Los abogados penalistas Julio Rodríguez y Wilber Medina defendieron la Ley de crimen organizado y precisaron que sí se podrán realizar los allanamientos. No obstante, se tendrá que esperar al abogado defensor —o, en su defecto, al abogado de oficio— para proceder con el registro.
"El fiscal sigue teniendo la oportunidad de allanar. El fiscal puede, en ese momento, hacer uso de las prerrogativas que tiene para establecer cuál es el ámbito de conflicto de la norma. El fiscal puede decir que va a proseguir con el allanamiento. Se le pide a la persona es que inmediatamente coloque un abogado y si no tiene, se le da un abogado de oficio. Pero el allanamiento se va a ejecutar. Lo que no va a poder ejecutarse es el registro", dijo Rodríguez en Tema de Fondo de RPP.
En tanto, Wilber Medina consideró que las diligencias fiscales tendrán que incorporar a un abogado público que esté presto en caso el abogado privado demore o no pueda asistir.
"Lo que dice la ley es que va a seguir lo mismo: llega el fiscal, pide al juez, el juez autoriza, va la Policía y ahora también va a ir el defensor público. Ingresan. Si no abren la puerta, rompen con el 'torito'. Toman el control del inmueble. Se llevan a las personas a un ambiente adecuado y se les dice que para iniciar el registro y recoger evidencias tiene que estar el abogado", manifestó.
"No es que hay que esperar al abogado privado. Como ya está acompañando el defensor público, se le dice que tiene derecho a comunicarse con su abogado. Pregúntele en cuánto tiempo puede venir. Si dice que no va a venir porque está de viaje, se inicia el registro con el abogado de turno", agregó.
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"Observaciones a la Ley de crimen organizado son absolutamente políticas"
En otro momento, Wilber Medina indicó que las críticas a la norma aprobada tienen un carácter político.
"La ley ha fortalecido y delimitado mejor las funciones. Y las observaciones a la ley son absolutamente políticas. No hay ningún afán de apoyar esta norma simplemente por cuestiones políticas. Esta forma que se ha precisado con la nueva ley estaba vigente hasta 2004, con la Constitución del 93, y así ha funcionado", aseveró.
En esa misma línea, Rodríguez argumentó que la ley no se desarrolla dentro del debate jurídico.
"La ley en cuestión creo yo ha sido parte de un escenario de debate político y no jurídico. La ley tiene muchas ventajas comparativas respecto de la anterior, en cuanto que la Fiscalía juntaba a tres personas y decía que había organización criminal. Y esto era burdo. La ley necesitaba ser precisada y establecer que este quantum de pena tan elevada es porque estamos de verdad ante una estructura destinada a cometer un sinfín de delitos", mencionó.
"Esto no significa de ninguna manera que delitos como corrupción, trata, tráfico de drogas, etc. no van a ser perseguidos dentro de los estándares propios de crimen organizado", culminó.
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