La derogatoria de la Ley 32108 es una de las principales exigencias de los gremios de trabajadores que vienen siendo víctimas de la ola de extorsión. RPP conversó sobre sus efectos con el constitucionalista Heber Joel Campos.
Judiciales
La Ley 32108 fue promulgada por el Congreso el pasado 9 de agosto. La norma surgió del proyecto legislativo de Waldemar Cerrón y el dictamen fue sustentado por Américo Gonza.
El último jueves, diversos gremios de trabajadores llevaron a cabo un paro en sectores de Lima y Callao para exigir mejoras en la lucha contra la criminalidad, particularmente para frenar la ola de extorsión que cobra vidas de transportistas, bodegueros, y demás ciudadanos.
Sin embargo, una de las demandas que ha generado la polémica en el sector político es la exigencia de la derogatoria de la Ley 32108, promulgada por el Congreso, la cual modificó la normativa contra el crimen organizado. Dicha norma se originó a partir de un proyecto de ley presentado por Waldemar Cerrón (Perú Libre), cuyo dictamen fue sustentado por su colega de bancada Américo Gonza, en calidad de presidente de la Comisión de Justicia en ese entonces.
¿Por qué la norma ha generado esta polémica y cuáles son sus reales efectos en la lucha contra la extorsión y el sicariato? En busca de respuestas, RPP conversó con el abogado constitucionalista Heber Joel Campos, catedrático de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP).
Puede abrir un "resquicio" para "beneficiar a investigados" y es "absurda" en cuanto a allanamientos
Campos Bernal indicó que la norma modifica la definición del concepto de organización criminal e introduce "unos elementos que actualmente no existen".
"Entre ellos, por ejemplo, que una organización criminal sea una conformación con una estructura compleja, con capacidad operativa, que tenga el propósito de tener el control del mercado de valor de una economía o mercado ilegal para obtener un beneficio o un rendimiento económico. Si se dan cuenta, estos elementos presentan una vaguedad o una ambigüedad bastante amplia, ¿qué significa una cadena de valor de un mercado o economía ilegal? ¿Cómo lo va a definir un juez? ¿Qué convierte a una organización de estas características en una organización con una complejidad desarrollada, como dice la norma, o con una mayor capacidad operativa? ¿Qué es eso?, ¿cuál es el estándar para establecerlo?", inquirió.
En ese sentido, consideró que esa definición de organización criminal "podría incluso contravenir una garantía que es fundamental en el derecho penal que tiene, además, raigambre constitucional", la cual es "el principio de legalidad, en su dimensión de la tipicidad".
"Es decir, la manera como está establecida la conducta ilícita a partir de esta norma no es clara, y eso puede abrir un resquicio precisamente para beneficiar a quienes puedan ser investigados y eventualmente procesados (por organización criminal)", sostuvo.
El abogado resaltó que, tal como se define a una organización criminal, los extorsionadores y sicarios no podrían encajar en el tipo penal que establece.
"Hay un problema muy serio en la manera como la norma define el concepto de organización criminal. Un extorsionador, desde la perspectiva de lo que conocemos ahora mismo, no parece ser precisamente alguien que busque el control de una cadena de valor de una economía o de un mercado ilegal, es alguien que presiona a otra persona, a través de una práctica precisamente violenta, para que le dé un estipendio. No sé hasta qué punto eso se ajusta con esa definición", aseveró.
Asimismo, Campos cuestionó lo que establece la norma en cuanto al procedimiento para realizar allanamientos. En ese sentido, calificó como "absurda" la modificación que establece.
"Se ha dicho que tiene que estar presente el abogado, y si no es este entonces el defensor público. Nadie ha dicho una cosa que creo que es supremamente importante: la norma no dice que solo debe estar presente el abogado, sino también el interesado. Si no está presente el interesado, entonces no se puede hacer el allanamiento (...) ¿Y si el allanamiento es en sus oficinas, en sus almacenes o si se ha dado a la fuga? ¿Cómo se sabe si el interesado está presente? ¿se va a tocar la puerta y se va a preguntar? (…) Es absurda la manera como está definida la manera de entender el allanamiento en la norma", remarcó.
En esa línea, el catedrático de la PUCP consideró que la actual ola de criminalidad que vive el país es un problema "más que normativo", sino "esencialmente de gestión", ya que sí existe un marco jurídico estricto para penalizar los delitos.
"Hay una responsabilidad compartida entre las autoridades del gobierno, seguramente el sistema de administración de justicia tiene también una responsabilidad relevante, y sin duda el Congreso. Lo que nosotros advertimos es que hay un marco jurídico bastante estricto que sanciona este tipo de delitos y de prácticas con sanciones bastante severas, pero no estamos viendo resultados. Muchas extorsiones se realizan desde las cárceles que supuestamente están bajo el control del gobierno, a través del Inpe. El problema no parece ser de marco legal, el problema parece ser de cómo estamos implementando y llevando a la práctica este tipo de normativas que no resuelven los problemas que todos los días los ciudadanos afrontamos", sostuvo.
"Hemos tenido una pobre respuesta operativa frente a este tipo de situaciones, o sea el estado de emergencia no es que se haya declarado ayer por primera vez para combatir la delincuencia, venimos en este plan desde hace bastante tiempo y los resultados han sido siempre los mismos. ¿Cómo esperamos que haciendo lo mismo las cosas vayan a cambiar? (…) No es un tema de derechos, es un tema de capacidad de gestión", puntualizó.
¿Qué ha dicho el Ministerio Público sobre la Ley 32108?
El fiscal superior Jorge Chávez Cotrina, coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, en diálogo con RPP, indicó que, desde la promulgación de esta norma, el Ministerio Público ha visto afectado su trabajo relacionado a lucha contra el crimen organizado, "por cuanto exige, para los registros de allanamiento, la presencia de un abogado".
"El problema no solo es la Fiscalía y la Policía que ven afectado su trabajo, sino que esto repercute definitivamente en la persecución del delito. Como la prensa ha podido observar, la criminalidad, en los últimos días, a partir del 9 de agosto en que se promulga la norma, y como los delincuentes ya han observado a través de los medios de comunicación respecto a los operativos donde la Policía se ve impedida de registrar, (estos) se ven envalentonados al ver que hay una impunidad. Entonces, ejercen con mucha más facilidad, libertad, esos actos ilícitos", señaló.
Chávez Cotrina explicó que lo que está ocurriendo ahora cuando un juez dispone una orden de allanamiento es que "se puede ingresar al domicilio, pero no se puede registrar" ni realizar "ninguna acción" hasta que llegue un abogado. Esto, según dijo, ha ocasionado que se pierdan evidencias.
"Lamentablemente, en los últimos operativos que hemos tenido, las evidencias se pierden puesto que el investigado tiene de dos a más horas para poder deshacerse de las mismas mientras llega su abogado", resaltó.
"Antes se ingresaba, inmediatamente se empezaba a hacer el registro y se comunicaba al intervenido que podía llamar a su abogado. La Policía y la Fiscalía empezaban el registro y su abogado podía llegar en el transcurso del registro y se consignaba su presencia si es que venía, (ya que) por la lejanía ya que los allanamientos contra crimen organizado no se dan en la ciudad sino fuera, en zonas inhóspitas donde los abogados casi no llegan", agregó.
Respecto a la modificación en la tipificación de organización criminal, Chávez Cotrina indicó que esto también representa un problema para perseguir adecuadamente estos delitos.
"La norma exige que la organización criminal tenga como objetivo final tomar el control, directa o indirectamente, de un mercado ilegal y no todos los delitos tienen esa finalidad. Algunos delitos que sí, como el narcotráfico, el tráfico de armas, los medioambientales, minería ilegal podría ser; pero hay delitos que son violentos y que no tienen por finalidad tomar el control de un mercado, sino simplemente de despojar, bajo amenaza, de sus bienes a las víctimas, como en robos agravados y la extorsión", explicó.
"Esta norma, cuando habla del control del mercado, se refiere a delitos que son de producción, es decir, son aquellos que producen, invierten, el narcotraficante tiene que invertir para poder elaborar la droga y venderla; pero hay otros delitos que no necesitan inversión. Es un concepto netamente de una empresa común y corriente, porque las empresas invierten, pero en delitos es completamente diferente, y obviamente esta especificación, que no está en la Convención de Palermo, dificulta definitivamente el accionar de las autoridades, porque exigen un requisito que no es posible que se cumpla en diferentes delitos", aseveró.
En cuanto a lucha contra la extorsión y el sicariato, el fiscal superior consideró que estos delitos ya no pueden ser incluídos como parte de la denominación de organización criminal, porque no cumplen la tipificación.
"No encajaría su conducta dentro del tipo penal, porque faltaría ese control, directa o indirectamente, de un mercado ilegal", subrayó.
¿Qué han dicho los congresistas sobre el pedido de derogar la Ley 32108?
El parlamentario Jorge Montoya, de la bancada Honor y Democracia, se refirió a la cuestionada Ley de crimen organizado y precisó que no la piensan derogar "de ninguna manera". Indicó que solo podrían hacer "mejoras", aunque no detalló cuáles serían esos cambios que representarían las mejoras.
"No había ningún reclamo de base social, no había ninguno. No se puede pelear contra la criminalidad haciendo huelgas. Eso no tiene sentido bajo ningún punto de vista. Tampoco se puede pedir que se derogue una ley para que dejen la huelga porque no les gusta. Menos. Y se lo dije: eso no va a suceder porque no lo vamos a hacer. Vamos a mejorar la ley, sí, pero no la vamos a derogar de ninguna manera", dijo en Ampliación de Noticias de RPP.
"No me hace dudar nada el hecho de que Vladimir Cerrón se haya querido acoger a esta norma". Yo cuando hablo las cosas las digo de frente, porque las he analizado y las he estudiado y considero que es lo mejor", manifestó.
Asimismo, Montoya indicó que el pedido de derogar la norma "viene de la extrema izquierda".
"Yo estoy recibiendo amenazas desde hace cuatro días por las declaraciones que he hecho contra esta ley. Esto viene de la extrema izquierda. El comunismo quiere regresar y tomar el control y está preparando el terreno", agregó.
Quien también ha negado la posibilidad de derogar la Ley 32108 ha sido la parlamentaria Kelly Portalatino de Perú Libre. En diálogo con RPP, la congresista defendió la validez de la norma al considerar que la anterior normativa servía para "limitar oponentes políticos".
"Nosotros queremos ser objetivos, tenemos que entender (…) que la ley sobre crimen organizado fue primeramente modificada por el gobierno de Vizcarra, quien fue el ministro en ese entonces, Basombrío, y que puso tantos policías, especialmente crearon la DIVIAC que se beneficiaba con las ONG para supuestamente tener presos a líderes criminales que deberían estar presos [sic]", indicó.
"¿Desde cuándo sirvió esa ley antes de ser modificada para tener presos o reducir organizaciones criminales? Nunca, ha fracasado, pero sí servía para perseguir, para tener limitados a sus oponentes políticos, solamente vemos nosotros que se beneficiaban y hacían trabajo en contubernio la DIVIAC con el Ministerio Público, Harvey Colchado y Marita Barreto, que hoy se encuentran sancionados. Ellos hicieron la persecución al presidente Pedro Castillo, ¿y quiénes detuvieron al presidente sin levantarle la inmunidad? Fueron ellos, la PNP, quienes fueron manipulados probablemente por la gente del señor Basombrío del gobierno de Vizcarra", aseguró.
Por su parte, el congresista Alejandro Cavero, tercer vicepresidente del Congreso, a través de su cuenta en X, también tuvo una opinión similar a la de Portalatino al considerar que la Ley 32108 busca que "no se politice la justicia y que a quienes persiga la Fiscalía sean a las verdaderas organizaciones criminales y no a los enemigos políticos".
A su vez, Patricia Juárez, primera vicepresidenta del Parlamento, indicó que "la ambigüedad de la ley anterior permitió que la criminalidad prolifere", y que en los allanamientos "no se retrasa la intervención", sino que "se garantiza que haya defensa presente".
"Es fundamental garantizar el debido proceso para evitar que los delincuentes sean liberados por fallas en la correcta tipificación de sus delitos durante los procedimientos legales", señaló en su cuenta en X.
Por otro lado, el parlamentario Edwin Martínez de Acción Popular se mostró a favor de hacer modificaciones a la normativa.
"Hay cosas buenas, positivas (en la norma), pero el tema del allanamiento me parece algo absurdo querer mantener que vaya el abogado para que puedan proceder con el allanamiento, porque el que nada debe, nada teme. Si quieren allanar mi domicilio, (que) ingresen, vean, verifiquen algo que quieran, pero no podemos obstruir tampoco la investigación fiscal y parte de ello es el allanamiento al domicilio", indicó, en diálogo con RPP.
Por su parte, el legislador Héctor Acuña (Honor y Democracia) se mostró a favor de derogar la ley.
"Llama la atención que el Colegio de Abogados, el cardenal, la Junta de Fiscales y abogados de renombre que no tienen intereses económicos estén a favor de la derogación de esta ley ¿Por qué el señor Cerrón se pretendió acoger a esta ley? ¿Por qué el señor Hinostroza lo hizo de la misma manera? Tenemos indicadores, realidades que nos dicen que esta ley no está ayudando a la justicia para que de podamos eliminar (el crimen organizado)", aseveró.
"Creo que el tiempo nos juega en contra. Pero si nosotros derogamos y restablecemos la vigencia de las disposiciones anteriores, nos da el tiempo para poder hacer las modificaciones que podamos", finalizó.
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