La Junta de Portavoces del Parlamento acordó convocar a sesión plenaria para el próximo miércoles a las 9am., donde se abordará también la propuesta de incorporar el delito de criminalidad sistemática, que antes se denominó terrorismo urbano.
La Junta de Portavoces del Parlamento -instancia conformada por la Mesa Directiva y los voceros de cada bancada- acordó este lunes convocar al pleno del Congreso para el miércoles, 16 de octubre, a las 9am., para proseguir el debate sobre las propuestas relacionadas a lucha contra la criminalidad, entre ellas la que busca tipificar el delito de terrorismo urbano y modificaciones a la Ley 32108.
Así lo anunció el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, luego de escuchar las posturas de los diferentes portavoces y del titular de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Isaac Mita Alanoca (Perú Libre).
Como se sabe, el útimo viernes, dichos dictámenes quedaron en cuarto intermedio, debido a la falta de acuerdo sobre las propuestas, incluso se propuso aprobar el dictamen de dicha comisión con cargo a redacción.
Al respecto, el presidente del Comisión de Justicia aseguró que, en las próximas horas, presentará los textos que han sido consensuados en las últimas jornadas de trabajo, con el fin de que sean estudiados por los parlamentarios previo a su debate en la sesión plenaria.
¿Cuál es la agenda del pleno convocado para el miércoles?
Uno de los dictámenes que será analizado por el Legislativo es el que reúne los proyectos de ley 5525, 5838, 5969 y otros, que propone la Ley que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, para incorporar el delito de criminalidad sistemática, lo que la anterior propuesta denominaba “terrorismo urbano”.
Además, se abordará el texto sustitutorio del dictamen de la Comisión de Justicia que recogió el proyecto de ley 9100, presentado por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, que plantea modificar la Ley 32108, que cambió la normativa contra el crimen organizado.
Dicha propuesta retira de la definición de organización criminal aquello de que esta se constituye "con el fin de obtener, directa o indirectamente, el control de la cadena de valor de una economía o mercado ilegal, para obtener un beneficio económico".
En ese sentido, señala que una organización criminal es "todo grupo con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa, compuesto por tres o más personas con carácter estable, permanente o por tiempo indefinido que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles correlacionados entre sí, para la comisión de delitos graves sancionados con pena privativa de libertad igual o mayor de cinco años del extremo mínimo de la pena establecida con el fin de obtener un beneficio económico".
Respecto a los allanamientos, la propuesta de la Comisión de Justicia indica que "para el ingreso no es necesaria la presencia del interesado o de su abogado defensor", pero que el inicio del registro e incautación "deberán llevarse con la presencia del abogado de libre elección, o del defensor público que se haya consignado".
"El fiscal en la solicitud de allanamiento consigna la asistencia de un defensor público para el desarrollo de la diligencia. El juez en su resolución autoritativa dispone la presencia de este", agrega.
Además, el texto indica que la medida de allanamiento es "estrictamente reservada, y desde el inicio de la diligencia de allanamiento debe ser grabado en audio y video bajo responsabilidad funcional de las autoridades intervinientes".
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