Los congresistas Héctor Acuña y Susel Paredes enviaron un oficio a María Cabrera, vicepresidenta de la JNJ, pidiéndole que disponga la vacancia de Ríos Patio, en aplicación de la ley que regula la entidad.
Los parlamentarios Héctor Acuña (Honor y Democracia) y Susel Paredes (Bloque Democrático Popular) remitieron este lunes un oficio a María Cabrera Vega, vicepresidenta de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), pidiéndole la vacancia del titular de dicha entidad, Gino Ríos, tras revelarse que cuenta con una sentencia condenatoria por violencia familiar.
Como se sabe, el dominical Cuarto Poder reveló ayer que el referido magistrado tiene una sentencia consentida emitida por el Primer Juzgado Transitorio Especializado de Familia de La Molina y Cieneguilla, por el delito de violencia familiar en modalidad de maltrato psicológico contra su exesposa, la cual fue expedida el 20 de mayo de 2011.
Sin embargo, según el programa periodístico, esto no fue impedimento para que Ríos Patio postulara a la JNJ como miembro titular ni que fuera seleccionado como tal por parte de la comisión especial presidida por el defensor del pueblo Josué Gutiérrez.
Esto pese a que la Ley Orgánica de la JNJ, en su artículo 11, inciso e, señala que están impedidos de ser elegidos en el cargo "los condenados con sentencia consentida o ejecutoriada por violencia contra las mujeres, niños, niñas o adolescentes, o se le haya impuesto medidas de protección en aplicación de la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar".
En base a ese argumento, los congresistas Acuña y Paredes pidieron que "se adopten las acciones a fin de disponer su separación al encontrarse incurso en una causal de vacancia".
"Queda evidenciado que el señor Ríos Patio se encuentra incurso en una causal de vacancia, por lo que corresponde su inmediata separación. Al respecto, el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia contempla que, si uno de sus miembros se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 11, la Junta Nacional de Justicia procede a su separación por vacancia, bajo la responsabilidad de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, de conformidad con lo previsto en el Título VI de la presente ley", indica el oficio.
"En atención a lo expuesto, solicito que, en estricto cumplimiento de la ley, disponga la vacancia del señor Gino Augusto Tomás Ríos Patio como miembro de la Junta Nacional de Justicia, a fin de garantizar la institucionalidad y el adecuado funcionamiento de la entidad encargada de nombrar, ratificar, evaluar y destituir a los jueces y fiscales de nuestro país, la cual no puede ser presidida por una persona que incumple los requisitos mínimos para acceder al cargo que ostenta", agrega.

Por su parte, el congresista Jorge Montoya (Honor y Democracia) respaldó la solicitud de su colega de bancada e indicó que el procedimiento de separación de Gino Ríos está en manos de la JNJ.
"Sí, estoy de acuerdo con que se pida la vacancia y suscribo lo que ha escrito el congresista Acuña. [Debe seguirse] el procedimiento que tiene la JNJ, está en sus manos, de acuerdo a su reglamento y puede hacerlo. Aparte que han infringido la norma al nombrarlo a él", señaló.
Defensor del Pueblo dice que Gino Ríos "está válidamente" en el puesto
En declaraciones para Cuarto Poder, el defensor del pueblo, Josué Gutiérrez, defendió la continuidad de Ríos Patio como miembro del pleno de la JNJ, alegando la no retroactividad de la norma, pues la sentencia en su contra data de 2011, mientras que la ley orgánica de la JNJ se promulgó en 2019.
"De lo estrictamente jurídico, el señor [Ríos] está válidamente ahí. Si con esto hay la pretensión de decir que no le correspondía, porque legalmente estaba impedido, no. No existe eso. [Si] partimos del lado de la evaluación de lo ético, de la idoneidad, de lo moral, eso sí”, resaltó.
No obstante, el pasado 11 de abril, Gino Ríos suscribió una resolución que dispuso la vacancia de Rafael Ruiz Hidalgo como miembro del pleno de la JNJ, luego de que este omitiera informar que fue condenado por prevaricato en el 2010.
En ese caso, el titular de la junta aplicó la norma retroactivamente, al considerar que "el artículo 156 de la Constitución establece que los miembros de la JNJ deben tener reconocida trayectoria profesional y solvencia e idoneidad moral, así como, entre otros requisitos, no tener sentencia condenatoria firme por delito doloso”.
“El perfil de los miembros de la JNJ es más que cualificado, pues si a un juez del Poder Judicial o un fiscal del Ministerio Público se le exige una conducta intachable y un solvente conocimiento jurídico, a los miembros de la JNJ se les exige demostrar e inspirar un actuar íntegro, transparente y ejemplar”, argumentó Ríos.
Por otro lado, el defensor del pueblo sostuvo también que la sentencia por maltrato psicológico familiar fue mencionada por Javier Arévalo, entonces presidente del Poder Judicial, durante la etapa de entrevista en el proceso de selección de Gino Ríos en la JNJ. Sin embargo, señaló que "por decoro, no profundiza temas que pueden afectar a terceros, que son los niños o la misma excónyuge”.
“Ese tipo de sentencias que tienen que ver no con maltrato físico, no con violencia física, sino con la imputación de un tema estrictamente psicológico […] no es poca cosa [...], pero no hay una sentencia que puede significar, de manera condenatoria, un hecho que quizá tenga una connotación punible”, puntualizó.