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´Gabinete en la sombra´: Poder Judicial rechazó apelaciones y confirmó 30 meses de prisión preventiva a implicados

Involucrados en caso ´Gabinete en la sombra´ pertenecen al entorno cercano del presidente Pedro Castillo
Involucrados en caso ´Gabinete en la sombra´ pertenecen al entorno cercano del presidente Pedro Castillo | Fuente: Andina

Jenin Cabrera Fernández, Salatiel Marrufo Alcántara y Biberto Castillo León, integrantes del presunto ´Gabinete en la sombra´, deberán cumplir con la prisión preventiva dispuesta por el juez Víctor Zúñiga.

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La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional del Poder Judicial resolvió en unanimidad desestimar los recursos presentados por las defensas de los miembros de los integrantes del denominado ´Gabinete en la sombra´. Los implicados deberán continuar con los 30 meses de prisión preventiva solicitados por la Fiscalía de la Nación y concedidos por el juez Víctor Zúñiga Urday.

Jenin Cabrera Fernández, Salatiel Marrufo Alcántara y Biberto Castillo son investigados por la presunta comisión de los delitos de organización criminal, tráfico de influencias y colusión.

El Poder Judicial resolvió que, tal como sustentó la Fiscalía, existen graves y fundados elementos de convicción que respaldan la tesis del Ministerio Público.

"Existe un alto grado de sospecha –grave y fundada– de que la tesis fiscal, hasta este estado de la investigación, tiene asidero fáctico y probatorio; por lo que no son de recibo las alegaciones vertidas por la defensa. Por el contrario, los elementos de convicción analizados constituyen datos objetivos suficientes que refuerzan la tesis fiscal", se puede leer en la resolución.

También estuvo de acuerdo con la prognosis de la pena y agrumentó que "comparte lo señalado por el juez de primera instancia, para el delito de organización criminal señalado en el artículo 317 del CP primera párrafo la pena sería 8 años y por el delito tráfico de influencias, la pena mínima es 4 años, por lo que sumando ambas penas resultan ser mayores a 12 años de pena privativa de la libertad; por lo que se cumple este segundo presupuesto".

Asimismo, con respecto al peligro procesal advirtió que se "concurre un latente peligro de fuga en grado de sospecha fuerte, por lo que se materializa también el tercer presupuesto material de esta medida coercitiva".

Con estos argumentos, los jueces superiores integrantes de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada resolvieron declaran infundado el pedido de las defensas.


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