La fiscalía investiga a Eduardo Arana tras la difusión de reportes periodísticos sobre una conversación telefónica de abril de 2018 con el entonces presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao Walter Ríos respecto a un proceso judicial en ejecución.
La Corte Suprema confirmó la autorización judicial que permitió levantar el secreto de las comunicaciones del expresidente del Consejo de Ministros Eduardo Arana por el caso denominado 'Los cuellos blancos del puerto'.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema adoptó esta medida al declarar "infundado" el recurso de apelación que presentó Eduardo Arana, a través de su defensa legal, para que se revocará la resolución que emitió el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley, el 27 de enero del 2,025, en la que declaró "fundado" el requerimiento que hizo la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos para que se ejecutará la referida medida respecto al periodo comprendido entre el 8 y 9 de abril de 2018.
La defensa legal del exjefe del Gabinete Ministerial sostenía que la resolución apelada incurre en motivación aparente, pues no existen datos objetivos que merezcan el levantamiento del secreto de las comunicaciones.
Agrega que tampoco había necesidad de requerir a las compañías telefónicas que informen que otras líneas tienen registradas a nombre de su patrocinado ya que esa información no es útil ni pertinente ya que se basa en una corazonada del Ministerio Público.
Además, la defensa indicó que en cuanto a la proporcionalidad se ponderó equivocadamente los fines constitucionales en juego, como la persecución del delito y la afectación del derecho al secreto a las comunicaciones.
No obstante, la sala suprema determinó que el representante del Ministerio Público ha expuesto suficientes datos objetivos que revelan la existencia de indicios de la imputación por tráfico de influencias en contra del investigado, quien habría inducido al entonces Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao Walter Ríos para que influencie en el juez que conocía un proceso judicial de su interés a fin de favorecerlo.
"Así, entonces, la medida solicitada es idónea y necesaria a fin de conocer si el recurrente tiene registrado otro número de teléfono de donde podría haberse comunicado; asimismo, para recabar el registro histórico de las llamadas que realizó a fin de saber los contactos con los que se comunicó y, de ser el caso, se realicen los cruces de comunicación correspondientes, aspecto que solo puede obtenerse a través del levantamiento del secreto de las comunicaciones" precisa el tribunal supremo en su resolución a la que tuvo acceso RPP.
El colegiado supremo también considera que resulta necesario y útil que la Fiscalía solicite que se permita conocer si el recurrente registra otras líneas telefónicas y, de ser así, establecer si esta línea pudo ser empleada para comunicaciones con los actores involucrados en el hecho o la parte demandante del proceso en que él habría mostrado interés.
La Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos inicio una investigación preliminar contra Eduardo Arana ,en su condición de abogado, tras la difusión de reportes periodísticos sobre una conversación telefónica con el entonces Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao Walter Ríos, el 9 de abril del 2018 respecto a un proceso judicial en ejecución.
En setiembre del 2025, la citada Fiscalía suprema comunicó a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, durante una audiencia de apelación de control de plazo, que ya concluyó dicha investigación preliminar seguida a Eduardo Arana y que iba emitir el pronunciamiento que corresponda, es decir, si presentaba una denuncia constitucional en su contra ante el Congreso de la República o bien archivaba el caso.