El recurso fue presentado contra el ministro del Interior, Marco Medina Guimaraes y el jefe de la Superintendencia de Migraciones, Eduardo Sevilla por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH).
El Poder judicial admitió a trámite un habeas corpus presentado por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) para que los ciudadanos venezolanos puedan ingresar al Perú sin pasaporte, luego de que el último 25 de agosto entrará en vigencia la exigencia de este documento como requisito por entrar al país por disposición de gobierno.
El diario El Comercio informó que el recurso fue admitido a trámite la tarde de este viernes por la jueza del Quinto Juzgado Penal de Lima, Celia San Martín Montoya. El hábeas corpus fue presentado contra el ministro del Interior, Marco Medina Guimaraes y el jefe de la Superintendencia de Migraciones, Eduardo Sevilla, "por impedir el ingreso al Perú de venezolanos (as), violando su derecho a la libertad de tránsito, derecho a solicitar refugio y a no ser discriminado". El diario la República indicó que el recurso será visto la próxima semana.
La Superintendencia Nacional de Migraciones comenzó a exigir desde la 00:00 del sábado 25 de agosto pasaporte a todos los inmigrantes venezolanos que llegan al Perú. El requisito es una medida emprendida por el Gobierno ante la masiva inmigración de ciudadanos de ese país sudamericano, cuya pesencia en el Perú supera las 400 mil personas.
El caso de Ecuador
El pasado 24 de agosto, un tribunal de Quito (Ecuador) anuló la regulación del gobierno de exigir pasaportes a los emigrantes venezolanos que entran a ese país y dio un plazo de 45 días al Ministerio de Exteriores para que presente un plan de contingencia si es que quiere seguir aplicando esa medida. Así lo decidió la Unidad Judicial Tercera de la Familia, en una audiencia de solicitud de medidas cautelares por parte de la Defensoría del Pueblo contra la exigencia de exigir el pasaporte a los ciudadanos venezolanos.
La Defensoría aplaudió "esta decisión que lo que hace es reconocer el derecho de las personas, en este caso el derecho de las personas a emigrar", dijo tras la audiencia el abogado Ernesto Pazmiño. Y agregó que la jueza Edith Naranjo "fundamentó su decisión en el artículo 1 de las Constitución", que establece que "Ecuador es un estado de derecho y justicia".
La decisión de la Corte se produjo a un día antes de que Perú empezara a aplicar una medida similar, siguiendo los pasos de Ecuador que la instauró el pasado 18 de agosto.
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