El Poder Judicial rechazó el pedido del exjuez supremo César Hinostroza para que se anule la resolución judicial que aprobó solicitar a las autoridades de Bélgica que concedan su extradición al Perú para que sea juzgado por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto.
El Poder Judicial rechazó el pedido del exjuez supremo César Hinostroza para que se anule la resolución judicial que aprobó solicitar a las autoridades del Reino de Bélgica que concedan su extradición al Perú para que sea juzgado por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró "infundado" el pedido de Hinostroza Pariachi para que se anule la vista de la causa y la resolución que emitió dicho colegiado, el último 4 de noviembre, en la que declaró "procedente" la solicitud de extradición activa que presentó el juez supremo provisional, Juan Carlos Checkley, el 14 de marzo último, contra Hinostroza al Reino de Bélgica, a fin de que sea procesado en el Perú por los presuntos delitos de organización criminal, cohecho activo específico y tráfico de influencias agraviado, en perjuicio del Estado.
El exjuez supremo César Hinostroza sostuvo que el referido tribunal supremo vulneró su derecho constitucional a la defensa al rechazar su intervención y la de su abogado defensor en la audiencia virtual del último 04 de noviembre en la que se evaluó este asunto bajo el argumento que cuando se trata de un procedimiento de extradición activa no procede dicho derecho.
Asimismo, señaló que la resolución del último cuatro de noviembre es nula por incongruencia omisiva, pues la sala no se pronunció sobre los argumentos del escrito de oposición que presentó contra esta solicitud de extradición activa ni sobre la prueba documental adjunta que entregó, vulnerando el derecho a la prueba y a la motivación. Además, refirió que tampoco se resolvió su pedido para ser procesado y juzgado virtualmente sustentado en el artículo 525.2 del Código Procesal Penal (CPP), disposición que exige evaluar si es posible usar medios tecnológicos antes de solicitar la extradición por lo que el recurrente sostiene que estos hechos se inscriben en una vulneración sistemática de sus derechos en procesos motivados por razones políticas e ideológicas.
No obstante, la sala presidida por el juez supremo César San Martin precisó que la negativa para que Hinostroza Pariachi y su defensa legal participen en la audiencia de extradición activa obedeció a qué su pedido fue presentado de forma extemporánea y que el procedimiento de extradición activa no es un juicio penal ni un proceso litigioso, sino un procedimiento auxiliar de cooperación judicial internacional.
Documento del Poder Judicial. Fuente: PJ
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El colegiado supremo también precisa que en este caso no existe la obligación de contestar cada frase del referido escrito ni evaluar extensamente pruebas que no son pertinentes al procedimiento auxiliar de extradición y respecto a su pedido para ser procesado y juzgado virtualmente antes de solicitar la extradición, pues dicho pedido es incompatible con el requerimiento de prisión preventiva que se dictó en su contra por 36 meses y que hasta la fecha no se ha ejecutado encontrándose vigente y anotando que este pedido podría ejercitarse ante el juez competente y no ante la Sala Suprema de extradición.
"Por consiguiente, no se advierte la existencia de un vicio insubsanable ni de una nulidad absoluta que amerite acoger la pretensión planteada, motivo por el cual corresponde declarar improcedente la nulidad formulada por el recurrente. Frente a lo expuesto y, conforme a su estado procesal, siga la extradición su trámite correspondiente en el día", concluye la sala suprema en su resolución a la que tuvo acceso RPP.
El tribunal supremo mandó que se trascriba y comunique la presente decisión a la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones del Ministerio Público y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como al Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.
La sala suprema dispuso también que, conforme a su estado procesal, siga la extradición su trámite correspondiente en el día, debiendo realizarse las diligencias que resulten necesarias para su pronta prosecución, bajo responsabilidad.
Días atrás, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema también aprobó solicitar a las autoridades judiciales del Reino de Bélgica que concedan la extradición del exjuez Supremo César Hinostroza para que afronte el proceso penal que se le sigue, bajo mandato de prisión preventiva, por el presunto delito de cohecho activo específico por su fuga del país, en octubre del 2018, a través del Control Binacional de Tumbes, solicitud que fue aprobada por el gobierno del presidente de la República José Jerí.