Mediante una resolución, el Poder Judicial también ordenó que se ponga en conocimiento del Ministerio Público el incumplimiento por parte de los miembros del Jurado Nacional de Elecciones en acatar dos resoluciones judiciales para inscribir la agrupación que lidera Duberlí Rodríguez.
El Poder Judicial impuso una multa de 5 unidades de Referencia Procesal-URP a cada uno de los miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y al director de la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), Felipe Andrés Paredes San Román, por incumplir las resoluciones judiciales que ordenan inscribir al partido Unidad Popular, de Duberlí Rodríguez, para que participe en las elecciones generales de 2026.
Así lo dispuso el juez John Paredes, del Tercer Juzgado Constitucional, quien en su resolución señala que Roberto Rolando Burneo Bermejo, Martha Elizabeth Maisch Molina, Willy Ramírez Chávarry, Rubén Jaime Torres Cortez y Aaron Oyarce Yuzzelli, miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, además del director nacional del ROP sean multados con 5 unidades de referencia procesal, cuyo valor unitario asciende a 535 soles.
Asimismo, el magistrado ordenó que se ponga en conocimiento del Ministerio Público el incumplimiento por parte de los miembros del JNE en acatar dos resoluciones judiciales en las que ordenó la inscripción de la organización política que lidera el expresidente del Poder Judicial.
"Remitir copias de los actuados al Ministerio Público para que actúe conforme a sus atribuciones, respecto a los funcionarios descritos, ante el incumplimiento del mandato judicial descrito en las resoluciones 1 y 2, procede para ello", se lee en la resolución a la que accedió RPP.
El juez Paredes Salas hizo efectivo un "apercibimiento" o "advertencia" que había hecho su despacho a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, a través de una resolución emitida el 18 de agosto, en la que anuló una resolución emitida por el máximo ente electoral del país, en la que declaraba inejecutable la inscripción de la organización política Unidad Popular y le ordenaba cumplir la resolución judicial emitida por su despacho el último 31 de julio en la que se dispone que se ejecute con dicha inscripción bajo advertencia de dictarse las medidas antes mencionadas en caso incumplimiento.
Nueva orden
El magistrado ordenó nuevamente a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones cumplir, en el plazo de 2 días hábiles, con lo dispuesto en la Resolución emitida por su despacho el último 31 de julio bajo apercibimiento de una nueva multa individual y progresiva de 5 URP, a cada uno, y una nueva remisión de actuados al Ministerio Público para que actúe conforme a sus atribuciones ante el nuevo incumplimiento que pueda generar un nuevo mandato sin perjuicio de iniciarle procedimiento disciplinario ante la entidad correspondiente para su destitución.
Cabe indicar que mediante un oficio enviado el último 27 de agosto, el director nacional del Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, comunico al despacho del juez Paredes Salas que ha tomado conocimiento que el Procurador Público del Jurado Nacional de Elecciones interpuso un recurso de apelación el 25 de agosto en contra de la resolución emitida por su despacho el último 18 de agosto en la que se hizo el referido apercibimiento por lo que "Esta Dirección no podrá emitir pronunciamiento hasta que se resuelva dicho recurso".
Al respecto, el juez constitucional de Lima, John Paredes Salas, dispuso el último 27 de agosto "conceder" este recurso de apelación "sin efecto suspensivo y sin la calidad diferida contra la Resolución Número 2 de fecha dieciocho de agosto de 2025", a fin de que sea revisado por la instancia superior para que emita una decisión al respecto.