Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando Estás escuchando En vivo En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Reflexiones del evangelio
Reflexiones del evangelio
Jueves 28 de agosto | (San Agustín) - "Si el dueño de casa supiese a qué hora de la noche va a llegar el ladrón, velaría y no lo dejaría perforar las paredes de su casa"
EP 1061 • 12:20
El poder en tus manos
El poder en tus manos
EP211 | INFORMES | Elecciones 2026: el Senado será la verdadera batalla del poder político
EP 211 • 03:46
RPP Data
RPP Data
Cáncer infantil: equipo especializado ausente en el INEN hasta 2026
EP 288 • 03:44

PJ sanciona al JNE y al ROP por incumplir resoluciones judiciales que ordenan inscribir partido de Duberlí Rodríguez

Palacio de Justicia.
Palacio de Justicia. | Fuente: Andina

Mediante una resolución, el Poder Judicial también ordenó que se ponga en conocimiento del Ministerio Público el incumplimiento por parte de los miembros del Jurado Nacional de Elecciones en acatar dos resoluciones judiciales para inscribir la agrupación que lidera Duberlí Rodríguez.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Poder Judicial impuso una multa de 5 unidades de Referencia Procesal-URP a cada uno de los miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y al director de la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), Felipe Andrés Paredes San Román, por incumplir las resoluciones judiciales que ordenan inscribir al partido Unidad Popular, de Duberlí Rodríguez, para que participe en las elecciones generales de 2026.

Así lo dispuso el juez John Paredes, del Tercer Juzgado Constitucional, quien en su resolución señala que Roberto Rolando Burneo Bermejo, Martha Elizabeth Maisch Molina, Willy Ramírez Chávarry, Rubén Jaime Torres Cortez y Aaron Oyarce Yuzzelli, miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, además del director nacional del ROP sean multados con 5 unidades de referencia procesal, cuyo valor unitario asciende a 535 soles.

Asimismo, el magistrado ordenó que se ponga en conocimiento del Ministerio Público el incumplimiento por parte de los miembros del JNE en acatar dos resoluciones judiciales en las que ordenó la inscripción de la organización política que lidera el expresidente del Poder Judicial.

"Remitir copias de los actuados al Ministerio Público para que actúe conforme a sus atribuciones, respecto a los funcionarios descritos, ante el incumplimiento del mandato judicial descrito en las resoluciones 1 y 2, procede para ello", se lee en la resolución a la que accedió RPP.

El juez Paredes Salas hizo efectivo un "apercibimiento" o "advertencia" que había hecho su despacho a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, a través de una resolución emitida el 18 de agosto, en la que anuló una resolución emitida por el máximo ente electoral del país, en la que declaraba inejecutable la inscripción de la organización política Unidad Popular y le ordenaba cumplir la resolución judicial emitida por su despacho el último 31 de julio en la que se dispone que se ejecute con dicha inscripción  bajo advertencia de dictarse las medidas antes mencionadas en caso incumplimiento.

Nueva orden 

El magistrado ordenó nuevamente a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones cumplir, en el plazo de 2 días hábiles, con lo dispuesto en la Resolución emitida por su despacho el último 31 de julio bajo apercibimiento de una nueva multa individual y progresiva de 5 URP, a cada uno, y una nueva remisión de actuados al Ministerio Público para que actúe conforme a sus atribuciones ante el nuevo incumplimiento que pueda generar un nuevo mandato sin perjuicio de iniciarle procedimiento disciplinario ante la entidad correspondiente para su destitución.

Cabe indicar que mediante un oficio enviado el último 27 de agosto, el director nacional del Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, comunico al despacho del juez Paredes Salas que ha tomado conocimiento que el Procurador Público del Jurado Nacional de Elecciones interpuso un recurso de apelación el 25 de agosto en contra de la resolución emitida por su despacho el último 18 de agosto en la que se hizo el referido apercibimiento por lo que "Esta Dirección no podrá emitir pronunciamiento hasta que se resuelva dicho recurso".

Al respecto, el juez constitucional de Lima, John Paredes Salas, dispuso el último 27 de agosto "conceder" este recurso de apelación "sin efecto suspensivo y sin la calidad diferida contra la Resolución Número 2 de fecha dieciocho de agosto de 2025", a fin de que sea revisado por la instancia superior para que emita una decisión al respecto.

Te recomendamos

El poder en tus manos

EP211 | INFORMES | Elecciones 2026: el Senado será la verdadera batalla del poder político

En las elecciones 2026, más de nueve mil candidatos competirán por un lugar en el nuevo Congreso. Pero la contienda más reñida será por llegar al Senado, la cámara alta que regresa luego de más de tres décadas. ¿Qué funciones tendrá y por qué será estratégico para los partidos asegurar presencia en este espacio?

El poder en tus manos
El poder en tus manos
00:00 · 00:00

Video recomendado

Tags

Más sobre Judiciales

Lo más leído

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA