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Poder Judicial rechazó en segunda instancia el pedido de prisión preventiva para Richard Cisneros

Fiscalía pidió prisión preventiva para el cantante.
Fiscalía pidió prisión preventiva para el cantante. | Fuente: RPP Noticias

La Primera Sala Penal de Apelaciones de Lima confirmó el fallo que dispuso que el cantante, Mirian Morales y Liliana Chanamé afronten bajo comparecencia con restricciones la investigación preparatoria que se les inició por los cuestionados contratos del artista con el Ministerio de Cultura.

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El compositor Richard Cisneros Carballido, más conocido como 'Richard Swing', continuará afrontando bajo libertad restringida la investigación preparatoria que se le sigue por las presuntas irregularidades detectadas en los contratos que suscribió con el Ministerio de Cultura.

Esto debido a que la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró infundado, en segunda instancia, el pedido de nueve meses de prisión preventiva que presentó el Ministerio Público contra Richard Cisneros dentro de este caso.

El tribunal superior también rechazó el pedido fiscal de nueve meses de prisión preventiva que se solicitó contra la exsecretaria General del Despacho Presidencial Mirian Morales Córdova y la exfuncionaria del Ministerio de Cultura Liliana Chanamé Castillo, implicadas en el caso

Mediante una resolución emitida el pasado 28 de diciembre a la que tuvo acceso RPP Noticias, la sala superior determinó que, de lo actuado hasta el momento, no se da un standard probatorio alto de sospecha fuerte como para que se aplique en este caso la prisión preventiva contra los imputados y que existen elementos de convicción suficientes para investigar y ahondar en el conocimiento de los hechos.

En ese sentido, el colegiado superior resolvió confirmar la decisión de la juez Sonia Bazalar Manrique, quien dispuso que los tres investigados afronten bajo mandato de comparecencia con restricciones la investigación preparatoria que se les inicio por este caso.

La sala superior precisa, además, que la restricción fijada en el caso de Mirian Morales de no poder ausentarse de la localidad en la que reside sin autorización judicial está referida a la provincia de Lima y la región Callao, lo que no le impide indicar en sus opciones de trabajo que podrá viajar dentro del territorio nacional con fines laborales y de materializarse un contrato será presentado al juzgado para tramitar que se le autoricé su permanencia temporal.

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